miércoles, 30 de diciembre de 2009

Ultimos documentos aparecidos sobre los Zalamea

1.Documento sobre el presbítero doctor don Juan Zalamea de la Serna.En el volumen 216 de la Notaria 2a año de 1810 Folios 25 a 339 y siguientes,Santafé de Bogotá,Archivo General de la Nación encontramos una documentación sobre el asunto de los Diezmos en todos los pueblos de lo que hoy conocemos como la Sabana de Bogotá y pueblos colindantes y que en esa época era la jurisdicción de Santafé.Estamos aún en la colonia. Esos folios llevan como título "Registro de Remates y escrituras de los Diezmos de españoles,casas,(...),Indios y haciendas del partido de esta ciudad de StaFe y su jurisdicción.
Del cargo y administración de los señores jueces hacedores de Diezmos:habíendolo sido para este año(1810) los señores Doctores Don Martin Gil canónigo y dn Antonio de León ambos prebendados de esta santa iglesia metropolitana.Para la distribución.Núm 125."
Dentro de este grupo de documentos hay dos separados por varios folios acerca del presbitero don Juan Zalamea de la Serna.
El primero está en el folio 110 de este volumen 216 de la notaria 2a para 1810.Dice:
Dr dn Antonio León Juez hacedor de Diezmos.
En virtud del oficio que con fecha 7 de febrero se me dirigió para que hiciese saber a Juan Nepomuceno Peña que comparecíese en el juzgado de diezmos de esa capital a prestar la fianza correspondiente del remate de los Diezmos que sacó,inmediatamente practiqué la diligencia habíendole notificado en su propia persona e impúestole del contenido del Auto inserto en el oficio (...) evacué la diligencia que se me encarga sobre la averiguación de las seis cargas de harina sean de la pertenencia de la mujer de Santos Súarez o del Diezmo que éste había recaudado, y por la exposición que me hizo el hermano de la mujer del referido Súarez resultan ser del Diezmo que aquel había recogido.Es cuanto en este particular he podido investigar por lo que comunico a Vuestra Señoría para su inteligencia.
Dios Nuestro señor guarde la vida de Vuestra Señoria muchos años,
Bosa 11 de febrero de 1811 Juan Zalamea.
Este documento encabeza el pliego con todos los demás documentos de los distintos pueblos.
Más adelante en los folios 117(reverso),118(anverso y reverso) y 11(anverso) vuelve a tratarse de don Juan Zalamea.
Dicen que no hubo diezmos de españoles sino de naturales.Que ha de tratarse de la noticia de lo que resultare sobre la postura o impostura (remate de diezmos)Dice Juan José Porras que el escrutador(cura) dejó en su beneficio al dr.dn Juan Zalamea.Dice que Zalamea "Ha quedado con la recomendación de dar parte a v. por el curso de este pueblo como comisionado de ese supremo juzgado" y que si hay algún postor al diezmo de españoles de esta jurisdicción la comunique a V lo que practicó con el deseo de llenar el que lo daba con particular obligación."Hasta este punto don Juan Zalamea hace de amanuense.Luego escribe en primera persona:"Y comunico lo que es anexo a dicha recomendación(..) se ha certificado el último pregón y de él han resultado que lo puso Nepomuceno Cañón en 384 reales lo que participo para su inteligencia quedando dispuesto (...) las órdenes que sean de su gratitud y en desempeño de mi ministerio.Por anuencia del propio cura, firma
Juan Zalamea
Nota: recientemente encontramos un documento firmado por ciudadanos de Bogotá con fecha de 1° de julio de 1851.Se intitula 'Documentos para la biografía e historia del episcopado, del ilustrísimo señor Don Manuel José Mosquera y que es Defensa de la Iglesia, juicio contra el arzobispo,su expulsión.'Nos llamó la atención no sólo porque figuran en él los nombres de los sacerdotes contemporáneos de don Juan Bautista Zalamea muerto en 1861 sino porque aparece la firma de Eusebio J.Zalamea el misterioso presbítero Zalamea fundador de Gutierrez,en Cundinamarca.Eso refuerza nuestra tesis de que debe ser hijo de don Lubin.

2.Don Pedro Zalamea de la Serna.
En el capítulo que lleva su nombre estudiamos el proceso estatal para acceder al cargo de escribano de camara del Tribunal de Cuentas.Nos faltaba el acuerdo particular entre doña Juana Martïnez Recamán y don Pedro Zalamea.
En el Vol.221 de la Notaría 2a para 1817 en Santafé de Bogotá,Archivo General de la Nación encontramos el siguiente documento que dice:
Folio 342. Décima.Doña Juana Martínez Recamán y Camacho viuda y Don Pedro Zalamea vecinos de ésta que hemos celebrado contrato al empleo de Escribano del Tribunal y Real audiencia de Cuentas de que es dueña y propietaria la primera y hemos convenido en cantidad de dos mil novecientos que verificando de contado el segundo la de cuatrocientos que se ha entregado y recibido y el resto se ha de satisfacer en moneda de cordoncillo,de ley,en estos términos:doscientos a fin de julio de este año,ochocientos a principio de enero del siguiente de 1818: ochocientos a fin de Marzo y el resto de setecientos en el de Mayo del mismo,pagando a los mismos tiempos el rédito que proporcionalmente corresponde. Pero antes de proceder a la renuncia deberá otorgarse la correspondiente escritura de seguridad con los fiadores que se expresan a saber Doña Mariana Camelo en cantidad de 2000 pesos que tiene sobre la casa de la Calle de la Carrera donde actualmente vive Zalamea, Don Jose Antonio Camelo en mil pesos en la misma casa y don Juan Nepomuceno Suescún con las tierras que posee en Usme cuya libertad de hipotecas deberá acreditarse añadíendose a éstas la ... mismo empleo con la general y será de cuenta del referido Zalamea todo cuanto haya de emprenderse y costearse en el asunto dándome a mí la interesada el testimonio de la escritura.Y en fe de nuestro convenio firmamos éste en Santafé a 26 de Mayo de 1817. Juana Recamán Pedro Zalamea (ya aquí descubrimos que no hubo un Zalamea en la colonia en la Calle de la Fatiga...)
Antes de transcribir lo que interese de la escritura mencionada haremos lo propio con una nota que aparece en aquella y que da luces sobre el resultado del acuerdo.
Dice la nota en dicha escritura del Folio 341:"En la ciudad de Santafé de Bogotá a 23 de Junio de 1846 (...) pareció presente el dr.José Martínez Recamán vecino de esta capital de cuyo conocimiento doy fé y dijo:' que como único y universal heredero de su finada hermana la sra Juana Martínez Recamán le consta que recibió de mano del sr Pedro Zalamea de la Serna en moneda (....) y corriente a su satisfacción la cantidad de 2750 pesos parte de los 2900 que expresa la.. del centro y el último resto de 150 los he recibido al otorgarme de mano de Rafael Zalamea en moneda corriente a toda mi satisfacción de cuya entrega por no haber sido a mi presencia para darle fe de ella renuncia (...) por lo que otorga en favor de la paga el más eficaz recibo en forma congruente a su seguridad (...) y libre de toda responsabilidad el expresado sr.Zalamea sus bienes,finca que hipotecó y los de sus fiadores.'(En 1846 aún vivía Pedro Zalamea)
La escritura de renuncia que otorga Pedro aparece en el mismo folio 341 del Vol 221 de 1817 Not 2a.En algunas de sus partes dice:
"... dijo que la aceptaba por estar a su satifacción y que cumpliendo con las condiciones con que ha comprado la escribanía otorga y se obliga a no quebrantarlas por ninguna causa pagando a la vendedora en moneda de cordoncillo de ley 200 pesos (sigue la forma cómo se hará el pago que ya vimos arriba) (...) y en el caso de no cumplir quiere ser apremiado a ello por todo vigor de Derecho (...) hipoteca el otorgante 500 pesos que tiene en la casa alta y baja que se halla situada en la Calle de la Carrera contigua a la que habita y hoy vive en ella el sargento mayor de plaza don Rafael Cordova y sólo se halla gravada junto ... la de su morada en 1508 pesos y medio reales de Manuel Ricaurte Lozano los mismos que hoy pertenecen a la Real hacienda en virtud ... del Sr.Gal Don Pablo Morillo sin que tengan dichas casas otros gravámenes como lo acredita la supra certificación de hipotecas del anotador de las mismas de esta ciudad, que también hipoteca 642 pesos que le debe don Luis Serna por medio de instrumento que otorgó y ha entregado a la citada Doña Juana Martinez Recamán .Para mayor seguridad da por fiadores a Doña Maria Ana y a don Jose Antonio Camelo,la primera por 2000 pesos y el 2o en 1000 pesos que tienen en la casa de la Calle de la Carrera que actualmente habita el otorgante(Don Lubin no pudo haber llevado ningún tesoro de Samano a su casa pues aunque la casa de la Calle de la Fatiga linda con la de Sámano no hay ningún documento que certifique que en ella habitó algun Zalamea por los años de 1819 como indica otra cosa el presente documento)Queda clara la situación con doña Juana Martinez Recamán esposa de Antonio Ricaurte.Transcribimos ahora la certificación del anotador de hipotecas de Santafé.
La certificación se refiere a las casas de la Calle de la Carrera en la colación de la catedral,casas de tapia y teja alta y baja que se ofrecen por Pedro como garantía.La compró a los herederos de Esteban Ricaurte y Clemencia Lozano el prebendado Torres y bautista y se hallaba grabada en 3000 pesos que le quedó reconociendo el comprador a los vendedores(a Ricaurte y sus hermanos)Dice que en ese momento las casas se halla fincadas en 1508 pesos de Manuel Ricaurte Lozano y que dichas casas no tienen otro gravámen.Certificación dada a 17 de junio de 1817 en Santafé folio 343 del vol 221 notaría 2a 1817.(Era clave esta certificación para aclarar que ninguna de las casas hipotecadas a Juana ni las de los fiadores estaban gravadas más de lo conveniente.)

3.Don Santiago Zalamea de la Serna.Además del nombramiento como suboficial independentista ya relacionado transcribimos ahora el siguiente documento encontrado en el Protocolo de la Notaría 2a de Santafé año 1819 Vol.238 Folio 446 archivo General de la Nación Bogotá.
"Sr Dn Luis Sarmiento. Bogotá 4 de julio de 1822.
Mi apreciadísimo pariente: por ésta le doy a V. todo mi consentimiento a fin de que por mi parte me allano a la decisión del trato de la venta que yo y la sra Paz Quevedo hicimos a V. Y con respecto a que le han salido varios gravámenes a las tierras que se le vendieron puede usted en ésta romper las escrituras y hacer la cancelación sólo con la firma de la citada Paz Quevedo. Y para que así conste y sobre los efectos convenientes para la recisión del contrato paso a ud ésta que servirá de un documento firme en cualquier tribunal,como también para que por el mismo puede la citada Paz mi esposa recibir por sí o por la persona que nombre y le sea de su confianza la Estancia llamada Aposentos de La Calera y devolverle a usted los intereses que nos entregó por dicha Estancia.Dios guarde a V muchos años.Su afectísimo pariente, Beso su mano, Santiago Zalamea

4.Don Pedro Zalamea de la Serna.El siguiente documento fué tomado del protocolo de la Notaría 1a de Santafé año 1819 Vol.238 Folio 242(reverso)y 243(anverso)Archivo general de la Nación,Bogotá.El recibo que en él se menciona está en el mismo lugar pero en el folio 238 (anverso).
En la ciudad de Santafé a 28 de Junio de 1819 ante mi el escribano público del número ... pareció presente Dn Pedro Zalamea vecino de ésta de quien doy fe,conozco y digo: que como albacea testamentario fideicomisario de Dn Jose Antonio Camelo en virtud de un poder que ... otorgó ante el escribano público Dn Manuel Mendoza con fecha en esta ciudad a nueve de mayo último cuyo original he tenido a la vista de que doy fe y... cuya disposición falleció cuyo encargo tiene aceptado en la via y forma que mejor ... haya en dicho otorga que da en venta real y enajenación perpetua para siempre a dn Juan Simó individuo de este comercio (....) un negro llamado Remigio Londoñ de edad de veinte años que hubo dicho Camelo por compra que de él hizo a Dn José María Cogollos (...) de Barichara en cantidad de doscientos veinte y cinco pesos y cuya (...) por no tenerla de presente ofrece entregársela inmediatamente que lo perciba el vendedor.El cual esclavo sujeto a servidumbre se lo vende en cantidad de ciento y cincuenta pesos que en moneda de plata corriente ha recibido de su mano a toda satisfacción. De cuya entrega por no haber sido en mi presencia para dar fe de ella renuncia la non numerata (...) y leyes del caso por lo que otorga en su favor el más eficaz recibo en forma congruente a su seguridad. Se lo vende con todos sus vicios,tachas y defectos,y enfermedades públicas y secretas a uso de feria y mercado franco que libre de todo gravamen real perpetuo,temporal,especial,general,tácito ni expreso y de otros reales pues los causados por la presente venta se hallan (...) en esta Administración general de alcabala como se acredita del recibo siguiente(aquí el recibo del folio 238:
"Dn José Francisco de Oryazabal Contador general y Vista de esta Aduana
certifico que (...) del Libro Real se halla la siguente partida: En 17 de Mayo de 1819 me hago cargo de 3 pesos que enteró el escrib. Elorga a nombre de don Pedro Zalamea por el real Derecho de alcabala deducido de 150 en que como Albacea de don Jose Ant. Camelo vende un esclavo a dn Juan Simó. Oryazabal. En 17 de Mayo de
1819 me hago cargo de 4 pesos que enteró el escrib. Elorga a nombre de don Pedro zZalamea por el amto pa ración deducido de 150 pesos en que como Albacea de don Juan Ant.Camelo vende un esclavo a dn Juan Simó/ Oryazabal
Asi consta de los citados libros y hojas a que me remito St Fe fecha ut supra."
Declara que el justo precio y valor del expresado esclavo es el de los 150 pesos recibidos que no vale más y caso de que así sea de su exceso y demasía en poca o mucha monta hace al comprador y a los suyos gracia y donación intervivos (...) de lo cual renuncia a la ley 4a 8...) del Ordenamiento real (...) en las Cortes celebradas en Alcalá de Henares 8...) De este (...) y a partir del derecho de Patronato (...)dominio y señorio que a dicho eslavo tiene adquirido y todo con las acciones con las que le competen lo cede,renuncia y traspasa al comprador y a los suyos ya que como cosa propia disfruta de el a (...) libertad. Se obliga a la evicción,seguridad y saneamiento de esa venta (...) Renuncia todas las leyes a favor.
Enterado don Juan Simó del contenido de esta escritura a su favor otorgada dijo la aceptaba y acepta (...) a su satisfacción.
Pedro Zalamea delaSerna Juan Simó Eugenio de Elorga, escribano

5.Doña María Ignacia Zalamea de la Serna junto con su hermano Santiago Zalamea.
Este documento lo encontramos en el Vol.244 de la Notaría 1a año de 1824 Folios 661 a 663 Archivo General de la Nación:
"En la ciudad de Bogotá a treinta de noviembre de 1824 ante mí el escribano público del número y testigos parecieron presentes el Sr.Santiago Zalamea y su legítima hermana la Sra Maria Ignacia Zalamea de esta vecindad mayores de 25 años de cuyo conocimiento doy fé y dijeron que: dan y confieren su Poder amplio,eficiente,especial y bastante el que se requiera y sea necesario al señor Andrés Co..o Rojas para que a nombre de los otorgantes y representando su misma persona,derechos y acciones pueda presenciar las Cuentas de la Testamentaria de su difunto padre Francisco Zalamea pudiendo pedir embargo y deposito de todo lo que haya correspondiente a dicha mortuoria así mismo todos los costos que sean necesarios hasta la división y partición de los bienes quedando obligado el mismo Rojas a rendir cuenta de los gastos que se causen para (...) del caudal que les toque: y si en razón de ello y no siendo conforme e igual la división y partición que se practique fuera necesario interponer la autoridad judicial lo verificará en los juzgados y tribunales que haya conveniente presentando escritos,escrituras,informaciones y demás documentos que hayan a su favor: obligue,demande,defienda,recurse,jure y se aparte,pida ejecuciones,embargo,desembargo,venta,trance y remate de bienes,oiga autos y sentencias interlocutorias y definitivas (...) interponga los recursos de apelación,súplica y demás para donde corresponde saque y gane despachos superiores o inferiores (...) generales y particulares (...) e intiman en donde y contra que se dirijan. Y (...) haga cuanta diligencia sea necesaria y todo lo que los otorgantes harían de manera que no por falta de cláusula o requisito aquí no explicado deje de valer (...) esta especialidad con que se le confiere, quieren se tenga por comprendido todo lo que requiere particular expresión y de especial mencion necesite. Que el poder que para lo dicho y sus anexidades se requiera ese mismo le confieren incidencias,dependencias libre y general administración: con facultad de enjuiciar,jurar y sustituir,revocar sustitutos y nombrar a otros que a todos guardando (...)
Firman siendo testigos los ss Joaquin Zapata y Porras,Luis Vega y Antonio Muñoz.Doy fe. Santiago Zalamea Maria Ignacia Zalamea Eugenio de Elorga

6.Maria Ignacia Zalamea: hay otro poder otorgado pero esta vez por ella solamente,poder general,que se encuentra en la Notaría 1a de Bogotá año de 1825 Vol.245,Folio 329 Archivo General de la Nación. No lo transcribimos completo pero damos algunos datos.Fué conferido a 25 de mayo de 1825,dice que es viuda mayor de 25 años y da poder general a Miguel Ignacio Toro.(Ignacia enviudó en 1811)

7.José Lubin Zalamea y hermanos:En el Vl.245,del año 1825,Notaría 1a de Bogotá,Folios 427 a 434 Juan Bautista Zalamea,cura secular,Jose Lubin Zalamea,Maria Ignacia,Santiago y Pedro por poder otorgado a Juan Nepomuceno Vargas parecieron y dijeron que dan en venta y enajenación perpetua (...) a don Tiburcio Díaz Chacón una casa de tapia y teja alta y baja con sus dos tiendas cita ... en la calle de las Cunitas (...) limitando por el frente calle de por medio con (...) que fué de (...)siendo hoy del dr.Vicente Azuero, casa que tuvieron los otorgantes por herencia de su legítima madre con cuyo dinero la compró Francisco Zalamea su padre como consta del expediente (...) en donde por Providencia ejecutoriada del Juzgado de segundo voto en 15 de abril del presente se declara que dicha casa perteneció a los hijos del Sr.Francisco Zalamea (..) se la venden en cantidad de 4500$ que al contado y en moneda legal y corriente de su mano han recibido etc etc. Renuncian la non numerata pecunia y Leyes del caso(...) con todas las (...) y servidumbres, libre de todo gravamen y de derecho de alcabala (los del presente se hallan pagos) y desisten,quitan y apartan del derecho,acción y dominio y señorio y todo lo ceden,renuncian y traspasan al comprador para que como cosa propia disfrute de ella a su voluntad (...)Renuncian a la ley 5a el tituo 7o Libro 5o del ordenamiento y los 4 años que previene para la recisión del contrato los cuales tienen por pasados como si efectivamente lo estuvieren. se obligan a la evicción,seguridad y saneamiento (...) Doy fe, Juan Bautista Zalamea, Jose Lubin zalamea, Maria Ignacia Zalamea,Santiago zalamea,Miguel Ignacio Toro.
Hay una nota final: yo el infrascrito escribano certifico que no habiendo sido bastante el poder del dr.Juan Nepomuceno Vargas para firmar la anterior escritura por el señor Pedro Zalamea en su virtud le confirió al Sr.Miguel Ignacio Toro el que obra a hojas 1033 que debe insertarse cuando se de testimonio de la antecedente escritura y por lo tanto la ha firmado dicho Sr.Toro(Quien era apoderado de Maria Ignacia en el segundo poder que ésta confirió arriba)Para su validación y para su constancia pongo la presente que firmo en Bogotá a 20 de mayo de 1826.
Eugenio de Elorga.

8.Don Francisco de Zalamea como Fiel Administrador durante la Patria Boba.
Ya hemos tratado de su desempeño en la Colonia,en la Reconquista y en la República.Ahora transcribiremos las páginas 136 a 142 del libro ‘Historia de la Casa de Moneda’ Volumen 2 de don Antonio María Barriga Villalba, Publicaciones del Banco de la República,Bogotá-1969:
“(…) Por las urgencias en junio del mismo año de 1811,se redujeron a $52699,5.rs y a principios de 1812,el Gobierno tuvo que echar mano de todo el fondo,no quedando sino el oro de los particulares.
Las grandes necesidades de la guerra no permitieron acuñar toda la moneda a la ley, y en fuerza de ellas,se fabricó moneda baja,que llegó hasta 0,400 de fino,pero a decir verdad,no fue sino en relativa poca cantidad,como más adelante se especificará.
En el plan de gobierno y administración pública que decretó Nariño en 1812,figura,en la organización de la Casa de Moneda, la jubilación del Superintendente don Lorenzo Morales Coronel (español), quien servía a la Casa de Moneda hacía más de cuarenta años y había prestado importantes servicios a los patriotas.En su reemplazo,nombró con el carácter de interino,al contador don Manuel de Pombo.
El Presidente Nariño se encontró en gravísima situación económica.Para cumplir los gastos de administración y del ejército, ordenó acuñar moneda de Vellón, y de muy baja ley,a lo cual se opuso energicamente el superintendente de Pombo. No fueron suficientes para Nariño las razones del insigne patriota.Las necesidades no daban espera y hubo de acuñarse una moneda,no propiamente de vellón,sino de baja ley de unos siete dineros (0,550 a 0,600).Tal fue la renombrada MONEDA PROVINCIAL DE CUNDINAMARCA O MONEDA DE LA CHINA.
En el libro (…)está escrita de puño y letra de don Manuel de Pombo (…) la copia de la carta que entregó al Presidente Nariño,el 10 de octubre de 1811 sobre la orden que diera el Presidente Nariño para alterar las monedas de oro y de plata. La necesidad de la Patria era muy grande pero Pombo tuvo razón porque primero está la fé que llevan las Armas de la República,en el cuño de sus monedas.(1) (47)
La pugna política entre el Presidente y el Congreso había llegado al máximum,los fondos públicos reducidos a cero,y uno y otro bando queriendo definir las situaciones,se disputaban los dineros de la Casa de Moneda.El 12 de septiembre de 1812,por decreto del cuerpo ejecutivo del Supremo Gobierno se le ordenó al contador Pombo entregar el resto del Tesoro existente en la Casa de Moneda o sea $40.000 al señor sub-Presidente (2)
La primera guerra civil había llegado hasta las puertas de la capital; el ejército del Congreso comandado por Baraya contra el Presidente Nariño amenazaba la ciudad indefensa.Todas las esperanzas parecían perdidas y el pánico cundió entre las gentes.
El 8 de enero de 1813,en las horas de la noche el Presidente Nariño ordenó al contador que hacía las funciones de Superintendente,don Manuel de Pombo,la entrega inmediata de todos los intereses existentes en la casa de Moneda,al capitán don Lorenzo Ley y al escribano don Vicente Rojas (3) (47)
(1)Contaduría.Libro reservado.Página n° 47. (2)Archivo colonial.Vol X.expediente n°70. ‘Entero de utilidades’.Página 225 vuelta. (47) Carta del contador,don Manuel de Pombo a Nariño. (3) Archivo Colonial.Vol X.Expediente N° 70 pags 226/228.(Nota nuestra: el Archivo Colonial al que se refieren las notas precedentes es el Archivo Colonial de la Casa de Moneda).
A vuelo de pluma Don Manuel escribió una respuesta y a la media noche la remitió al Presidente Nariño en los siguientes términos explicativos ‘…Imposibilidad de hacerlo a estas horas,por estar el Fiel (de balanza) don Joaquin Zerrezuela preso en Monserrate y don Juan José Trujillo,Tesorero,fuera de la casa y porque parte de las barras de oro, las tiene enterradas a toda su satisfacción,en donde no solamente lo ignoran los operarios sino yo mismo; el Fundidor don Luis Padilla quien no se halla tampoco en la Casa…El resto de los intereses se hallan en los propios términos de seguridad y ocultación en especies de rieles,cizallas y granallas en poder del Fiel(Administrador)Don Francisco Zalamea…’ (1)
Al otro día,ante nueva y terminante nota de propia mano de don Antonio Nariño,don Manuel hizo entrega no sólo del Tesoro sino de las matrices,punzones y troqueles para hacer moneda,en la forma que disponía el Presidente (48) (49).
El triunfo de Nariño tan inesperado como completo hizo que el Tesoro volviera a la Casa de Moneda,intacto como había salido para honor del Presidente Nariño,de sus hombres y de los Ministros de la Casa de Santa Fe,según consta en el acta del 23 de enero que encabezó don Gaspar de Llana,ministro del tesoro (2) [Para no perder el hilo dejamos de transcribir aquí las notas.]
En 1813 nombrado por Nariño Coronel del Regimiento de Patriotas que debía marchar al sur,don Manuel de Pombo dejó el puesto de Superintendente y en su reemplazo entró a la Casa de Moneda don Manuel Bernardo Alvarez,según orden de Nariño (…)
El Gobierno había retirado todos los fondos de la casa de Moneda.Se encontraba ésta sin poder recibir oros ni atender a sus popios gastos.Para que pudiera continuar funcionando y recibiera metales,un grupo de patriotas de recursos le hicieron un préstamo sin interés,por el primer momento de $112.000 en doblones.(…)
Nariño había echado mano de todos los recursos disponibles en la organización de su expedición al sur,contra Sámano,pero todavía faltaba dinero para la caja militar.La Casa de Moneda estaba nuevamente acuñando los oros y su fondo que fue en calidad de reintegro se consideraba doblemente sagrado para poder cumplir compromisos.No obstante el Superintendente se vió precisado a entregar al Presidente los últimos fondos de que disponía,que en esta ocasión fueron $80.000,y aún con esto no alcanzó a completarse la suma necesaria que solicitaba Nariño.Dice así la orden dada a la casa de Moneda:
‘Debiendo salir inmediatamente la Caxa del fondo de la expedición del sur con una cantidad proporcionada a los inmensos gastos que ella ofrece por la distancia y por el número de sus tropas y demás circunstancias que habían hecho considerar necesaria la suma de cien mil pesos y no existiendo a la fecha en caxas del tesoro Público(según la razón dada por sus Ministros) más que once mil novecientos setenta y nueve pesos procedentes de la recaudación de empréstitos destinados principalmente a este objeto,ha dispuesto el excelentísimo Señor Presidente del Estado,que del fondo de esa Casa de Moneda (Unico caudal de consideración existente en el tesoro de la Provincia) se trasladen a la Tesorería General,ochenta mil pesos, para que en el mismo acto se entreguen al Comisionado del Ejército Don Domingo Nieto,con calidad de reintregro de los primeros caudales que vayan entrando de empréstitos,a cuyo efecto están comunicados,y en caso necesario,se repetirán las más activas providencias a la Comisión encargada de su recaudación.Dios gde a V.S.ms.as dada en Santa Fe 17 de septiembre de 1813- JUAN DIONISIO GAMBA’.
Después de Tasines…el triste final de Nariño…los Oficiales de honor que hicieron frente al desastre,Pombo,el Superintendente Contador de la Casa de Santa Fe.entre ellos.Se le nombró más tarde Superintendente de la Casa de Moneda de Popayán y Gobernador de la Provincia.El Pacificador lo tomó prisionero y lo deportó a España de donde regresó a su patria después de brava defensa.
Nariño antes de renunciar la Presidencia en manos del Doctor Alvarez dispuso que se diera principio a la fabricación de nueva moneda provincial y ordenó los cuños según nota del secretario al Superintendente de la Casa de Moneda que es como sigue:
‘Enterado el Excelentísimo Señor Presidente por el Oficio de V.S. de 14 de este mes de haberse recibido en la Tesorería de esa casa de Moneda las alhajas de plata de Temporalidades para los fines prevenidos en el acuerdo de 27 de junio último y deseoso de que cuanto antes se proceda a la amonedación prevenida, me manda S.Excelencia incluír a V.S. el adjunto diseño de la marca que deben tener los cuños de la nueva moneda,con advertencia de que en él se deben hacer las pequeñas variaciones siguientes.
1°Poner en la numeración de su valor 2 Rs.,siguiendo lo mismo en el de Real,Medio real y Quartillo. 2° Agregar las iniciales de los Ensayadores. 3° Que el Cuartillo lleve por un lado la Granada y por el otro,sola la Gorra,con el año y la numeración de su valor númerico.Lo que comunico a V.S.para su inteligencia y cumplimiento’.
‘Dios gde a V.s.ms.as Santa Fe 16 de julio.1813’.
‘JUAN DIONISIO GAMBA’
Para el señor Superintendente de la Casa de Moneda.
Nariño entregó el mando del gobierno a don Manuel de Bernardo Alvarez quien continuó también con el cargo de Superintendente de la Casa de Moneda de Santa Fe y a su vez nombró para reemplazarle accidentalmente al señor don Joaquín Zerrezuela.
En septiembre el dictador Alvarez hizo público por bando el decreto sobre la moneda Provincial que ordenó acuñar para el cambio de la moneda macuquina y su reacuñación en piezas a la ley.

Existen otros documentos sobre don Francisco Zalamea Fiel de la Casa de Moneda y don Manuel Pombo. El primero de 1810 localizado en el Archivo Histórico de la Casa de Moneda presenta los documentos judiciales de una disputa entre los dos. Don Francisco firmaba por los peones de jornada y don Manuel exige que en los libramientos de sueldo aparezcan los nombres y firmas de los peones. Se va a juicio y finalmente el Fiscal de lo Civil falla a favor de don Francisco Zalamea. Pombo pide nuevos autos pero de nuevo el Fiscal se los niega. Camilo Torres,el prócer, dice que la sentencia estuvo ejecutoriada y que Pombo no presentó recurso de apelación.En todo esto se citan las ordenanzas para el funcionamiento de la Casa de Moneda.
Añadimos aquí las partes relevantes del proceso:
Num.topografico: Sb0041.
Folio 40. Sello del Rey Carlos IV de España para los años de 1800 y 1801.(Valga para 1808 y 1809).
Abre con una petición de don Francisco Zalamea Fiel administrador de la Real Casa de Moneda de SantaFe de Bogotá ante el Superintendente de la misma.
Alega que contra su costumbre de firmar en las nominas por los peones de jornada quiere el contador de la Casa de Moneda don Manuel Pombo que se pongan los nombres de esos peones en los libramientos de sueldos. Dice que es una novedad introducida por el Contador don Manuel Pombo la cual va contra las ordenanzas al respecto.
Cito:"Queda pues demostrado que el Sr Contador no tiene facultad para variar los libramientos sin orden que se lo prevenga: que no es necesario poner los nombres de los jornaleros para la legitimidad el pago: que no tiene jurisdicción,superioridad ni facultad para mandar que se le haga efectiva su existencia y ocupacion de los Peones que estén a mi cargo por identidad de razon con lo dispuesto para el Oficial cajero de Tesorería por la ordenanza y por el Excmo Virrey en 27 de octubre de 1807: lo debe estar también respecto a los peones de la jornada.
Sigue:" Por tanto a Va Merced pido y suplico se sirva mandar que segun el modo que ha formado ahora el Libramiento del tercio de Abril último que es el mismo que se ha observado antes que el Sr Contador empezará a introducir novedades firme los siguientes que asi es conforme a justicia.
"... prevenir al Sr Contador se abstenga de estampar arbitrariamente en los Libros lo que no corresponde abusando de la confianza que el Rey hace de el en la custodia de los libros que así es conforme a justicia que pido yo supra." Firma:
Francisco Zalamea.
Pombo contesta y le hacen traslado a don Francisco quien pide 2 meses para la contestación.
La respuesta de don Francisco ( contestar con presentación de cinco nóminas) se radica en Enero 9 de 1810.

El Fiscal de lo Civil,don Diego de Frías, está de acuerdo con don Francisco Zalamea en documento enviado al Superintendente en Febrero de 1810-folio 081 y esto se hace saber a a Pombo y a Zalamea.
Se dicta sentencia el 3 de Marzo de 1810.
Dice al final: "El Contador y Fiel guarden la armonia de sus respectivos empleos y se abstengan de todo motivo de diferencia que turbe la paz de esta casa."
Luego Pombo cruza memoriales y pide se dicten autos de su pretensión a Zalamea. Este contesta:
"Que la sentencia definitiva se pronuncio a 3 de Marzo de 1810 y se notificó el 8 del mismo mes. El 20 del citado mes ... que indica.
Los pleitos no son eternos y las leyes señalan el término perentorio de cinco días para que la parte agraviada se alce y apele. Pasado este queda ejecutoriada la resolución sin que en lo sucesivo se pueda hablar sobre los puntos decididos.Se puede interponer recurso al Superior y concedido se presenta del mismo introduciendo lo. Es la práctica en Tribunales. Nada de esto ha hecho el Contador. El Superintendente no trata a Pombo d Sr. Los demás ministros(cargos superiores) y dependientes de la Casa lo damos en policía a nuestros compañeros o iguales y faltamos a esta urbanidad si ellos no nos corresponden del mismo modo que en justicia se les ponga."

Pide " Se sirva denegar la entrega de autos por estar ejecutoriada la sentencia y mandar que para mí resguardo se me dé testimonio de ella con inserción de la vista del Fiscal. Pido justicia con lo necesario. Francisco Zalamea.Casa de Moneda. Abril 10 de 1810.,"
El Fiscal dice que la entrega de autos pedida por Pombo no es legal (abril 11 1806)
Don Camilo Torres cuya firma abrió este proceso lo cierra de nuevo con ella. Dice que no hubo recurso de apelación.


El otro documento es posterior y se refiere al proceso que en la Reconquista se eleva contra Manuel de Pombo. La causa va a España y entre los testigos de cargo y descargo está don Francisco Zalamea.

9.Don Francisco Zalamea y la quina.(Tomado de la monografía ‘Las quinas de Caldas’ por Joaquín Fernández Pérez(UCM.Madrid),Cristina Jiménez Artacho (IES Santa Teresa de Jesús.Madrid) y José Fonfría Díaz (UCM, Madrid) pags 566-570:
(…)Francisco Zalamea será el encargado por Mutis y con el apoyo del mismo virrey de montar la estructura del acopio de quinas.Contaba con Pedro Fermín de Vargas que actuaba como factor.Era oficial de la Secretaria del Virrey y hombre de su absoluta confianza.A sus órdenes tenía un contador,un oficial mayor y un oficial segundo guardalmacén y un guardalmacén segundo y sobrestante. Además contaba con un factor subalterno en la parte occidental de la Cordillera Oriental en el valle de Fusagasugá y otro en la Cordillera Occidental y un guardalmacén de depósitos de Mariquita y otros en Barranca y Cartagena (…) Mutis elabora un proyecto de navegación real por el Magdalena con el fin de evitar el transporte en champanes que resultaba muy costoso y peligroso.Este proyecto nunca llegaría a ejecutarse.Los cosecheros (…) recibían dinero de los Oficiales Reales para acopiarla en el bosque. La primera entrega de 2000 pesos genera en cinco meses la entrega de 15000 libras (6901 kilos) de ‘quina de las tres especies’ Se hace al Interventor encargado de recibirla y examinarla.(Nota 22: sobre la estructura organizativa del acopio de quina en Nueva Granada veáse una carta de caballero y Góngora al marqués de Sonora y varias cartas de Francisco Zalamea a Mutis.Archivo General de Indias de Sevilla.Indiferente General,legajo 1554) Para el asoleo de las cortezas consiguieron en Honda un lugar llamado El Tejar y el empaque se hacía como en Loja colocando la corteza sobre lienzo,metíendolos en cajones y forrando estos de cuero para protegerlos de la humedad que se presuponía el peor enemigo de las cortezas.El propósito era producir 200.000 libras (92.016 kilos). El estanco de la quina,cosa muy mal vista por la mayoría de los comerciantes estaba montado ‘ sin que sienta el público la falta de quina por la prohibición absoluta de la del Perú’ Era una operación destinada sobre todo a suplir el acotamiento y descanso en la saca de los bosques quineros de Loja.
La empresa de Nueva Granada prometía y se iban alcanzando los objetivos propuestos.El 8 de septiembre de 1786 recibe Caballero y Góngora una Real Orden de 2 de marzo para que remita quina.La respuesta no se hace esperar.El 30 de diciembre el Virrey le envía una carta al Marques de Sonora en la que le dice ‘… en el registro inmediato que conduce la fragata Fortuna de cuenta de Su Majestad se hallan embarcados 90 cajones de ese específico con el peso neto de 629 arrobas y 18 libras (7243 kilos)’ Esta petición se debía a la existencia en 1786 de una ‘general constelación de tercianas’(calenturas) en España.
A ese envió le siguen otros posteriores.Despues de un año de acopio habían conseguido 30.000 arrobas (345.060 kilos) en abril de 1787. El Virrey Caballero y Góngora satisfecho por el éxito le dice al Marqués de Sonora:’… siempre será muy gustosa para mí esta admirable abundancia de quina pero lo será mucho más el día de haberse ya establecido el estanco porque vean todos el deposito inmenso que guardábamos y porque V.E. conozca que el proyecto de Mutis no es de la clase de aquellos que ofreciendo mucho futuro no cumplen cosa alguna la presente.Jamás se dirá que Mutis ha calculado al aire…’ Nota 24: Cfr Legajo 1554,folios 645-646,Indiferente General,Archivo General de Indias de Sevilla.
Más modestamente continúan los envíos al Perú.El 20 de abril de 1787 el Virrey del Perú le anuncia la salida de sólo 29 cajones con unos 1000 kilos.La batalla entre la empresa de Mutis y la que se había organizado en Huanuco no tenía comparación.(Siguen explicando la explotación de la quina calisaya en Peru y Bolivia y como se desaconsejó su explotación ‘por su proximidad de las misiones de jesuitas y fluvialmente próxima a los portugueses’.)
Fueron años cruciales en los que una epidemia había desatado la llegada de cascarilla de muy diversos lugares.Las quinas novogranadinas fueron las que arribaron a Cádiz en unas cantidades inesperadas.Al principio fueron bien recibidas.Se contaba con la aprobación que habían tenido las enviadas por Sebastian José Lopez Ruiz,pero las circunstancias habían cambiado.Por una parte era la ocasión esperada por Casimiro Gómez Ortega para devolverle a Mutis el desprecio que había manifestado a sus requerimientos de controlar la Real Expedición a Nueva Granada o su alianza con su enemigo Cavanillas, por otra el rechazo de comerciantes y boticarios a una entrada masiva y no deseada de cascarilla que daría al traste con la escasez de corteza y provocaría una caída de los precios en los mayoristas y minoristas.Había que diseñar con urgencia un plan para desacreditar esas quinas.Y así se hizo sin que apareciera nunca el nombre del Director del Jardn Botánico ni la protesta de los comerciantes:la ciencia saldría en ayuda como otras veces de los intereses económicos.Para mayor gloria de semejante decisión hoy sabemos que esas cortezas o tenían escaso poder febrífugo,caso de la quina amarilla o nulo en el caso de la roja,la blanca y la anarajanda.
El reconocimiento de las quinas a principios de 1788 es desfavorable.Al principio el reconocimiento lo hacen boticarios de Cádiz:por ejemplo Mateo rodríguez Sánchez y otro boticario que firmaba como Alexandro R. dicen en su informe ‘…que es de una calidad no conocida’ y que ‘ no la reputamos por quina y si tiene alguna virtud para la salud pública sola la experiencia puede decirlo’Nota 26:Cfr.Legajo 1554,folio 1323.Indiferente General.Archivo General de Indias de Sevilla.
El protomédico de Cádiz hace pruebas en el Hospital donde no tenía muchos ‘tercianarios’ y los que habían eran casos benignos.Sus conclusiones fueron que 3 muestras de quina colorada mostraron efectos muy escasos.Mutis informa en 1788 de 6 nuevas especies de quina en Santa Marta,Allí había enviado como comisionado a Fray Diego García.Se hacen pruebas sobre las nuevas quinas encontradas en la Montaña del Alguacil.De esta el Boticario Mayor de la Real Botica dice:’…por sus accidentes exteriores,olor,contextura,sabor… etc difiere enteramente esta corteza de aquella que tenemos conocida…aunque en sus principios no deja de tener alguna analogía con aquellas de que consta la quina selecta de las provincias de Loxa,Quito,Zamora… etc’ Los análisis de la Real Botica y Médicos de Cámara(Manuel del Pueyo,Francisco Martinez Sobral y José Masdevall) no son distintos.Se quejan de que tienen escasa cantidad para someterla a experimentos decisisvos.Se le piden a Mutis experiencias contrastables que no llega a remitir.
Las quinas enviadas desde Nueva Granada empiezan a tener problemas.Análisis poco concluyentes,examinadores que no ven en ella las mismas características que reconocen en otras y ante la duda, mostrarán reservas hacia su bondad. Estaba detrás de su desaprobación Gómez Otega y su círculo de influencias? Eran los comerciantes los que determinaron que no les convenía la entrada masiva de esas cortezas? No lo sabemos por los documentos consultados y con toda posibilidad será difícil tener apoyo documental.Pero no es muy arriesgado manifestar sospechas. La realidad como se ha dicho más arriba es que la mayoría de la corteza era muy pobre en alcaloides y gran parte de la misma pertenecía a especies que no tenían ninguna cantidad.El último envío de 177 cajones con más de 21000 kilos se detiene en Cádiz el 17 de junio para que no se conduzcan a Madrid.A finales de septiembre de 1788 también se tratará de que no partan envíos desde Cartagena de Indias si antes no se tienen análisis definitivos sobre la bondad de esas quinas.Todavía se harán intentos de hacer llegar más cajones el 25 de octubre (735 con un peso de 87000 kilos) El acopio ha sido extraordinario y no se dan por enterados del rechazo. El Marqués de Bajamar,sumiller de corps,declara el inconveniente de la ‘quina de Bogotá’el 25 de febrero de 1789 y prohíbe los envíos a la Corte.A partir de ese momento la única quina que recibe La Real Botica será la de Loja,adulterada con bastante posibilidad.


10.Una condecoración y una colaboración.
El 9 de septiembre de 1819 se reunió una junta de ciudadanos de la capital que tras analizar el triunfo de Boyacá decide entre otras cosas la creación de una condecoración ‘… a los individuos que se hallaron en aquella gloriosa batalla y los ilustres heridos que por haberlo sido en las precedentes no pudieron combatir en la última, llevarán por insignia al pecho una cruz pendiente de una colonia verde con el mote:”Boyacá”. Las del excelentísimo señor presidente y de los señores generales de división,Anzoátegui,Santander y Soublette serán de piedras preciosas,las de toda la oficialidad de oro, y las de los soldados de plata.” Firman al final del acta y después de otros notables los funcionarios de la Casa de Moneda: José Miguel Pey, Jose Joaquin Zerrezuela,Francisco Zalamea,Juan Jose Trujillo Mutiens Jose Maria Chávez.(…)Anselmo García,Francisco Torrente,Andrés Florido etc. (Los funcionarios de la casa de Moneda solían participar en este tipo de decisiones. Vemos en los documentos del Archivo de la Casa de Moneda que aportaron parte de sus sueldos para la construcción del Teatro del Coliseo futuro Teatro Colón)
Los datos sobre la Junta en que “Los habitantes de Santafé se congregan bajo la presidencia del gobernador de Cundinamarca para acordar honores por el triunfo de Boyacá” fueron tomados de los “Documentos para la historia de la vida pública del Libertador puestos en orden cronológico y notas por Blanco y R.A”, Imprenta de la Opinión Nacional 1875 Número del documento 1574.

11.Documentos enviados al conde de Floridablanca de parte del Virrey Caballero y Góngora entre los que se encuentra una disquisición sobre la Quina,firmada ,en original, por el Virrey y en copia por don Francisco Zalamea con fecha de 26 de febrero de 1789.(Esos documentos son copias de los remitidos al Virrey entrante)
Se trata del informe al sucesor de Caballero y Góngora,Gil y Lemos, informe que se envía al conde de Floridablanca y que incluye por su importancia un apartado dedicado a la Quina y al Palo de Brasilete.Ese apartado va firmado por don Francisco de Zalamea quien desde 1785 se desempeñana como Oficial 2° de la Secretaria de Cámara del Virrey.Sabemos que sobre Zalamea gravitaba el proyecto de la quina ,especialmente. Caballero y Gongora gobernó desde 1782 a 1789 de modo que la firma de Zalamea aquí no es circunstancial. El documento que encontramos lleva como título:”Arzobispo virrey de Santa Fe sobre estado de aquel reino” Se encuentra en el Archivo General de Indias,con signatura: Estado,54,N.2 con fecha de creación: 1789-02-26 (Turbaco).
En la presentación del grupo de documentos dice el virrey:”Incluyo a V.E. copia del Manifiesto que acabo de presentar a mi sucesor sobre el estado en que dejo este reino.
Si en este informe se hubieran de poner todos los documentos que se citan sería menester agregar los más de los expedientes de la Secretaría y de la Escribanía de Gobierno pero van 10 estados completos de todos los ramos.(…)”
“El estanco del Palo de Brasilete en la Provincia de Santa Marta y el de la Quina que se ha proyectado en Santafé y Quito (…) que cada uno puede producir anualmente medio millón de pesos.Serán la resurrección de aquellos Provincias.” (“Lo trataré en oficio separado de que también acompaño copia”-la firmada por Zalamea)
Dice que no se les debe dar el odioso nombre de estanco o cuando lo sean ni son de la naturaleza de aquellos que han sido el objeto de los clamores públicos suponiendo sin razón que dejan a los naturales en la necesidad y no dan el Real erario productos equivalentes a los perjuicios que ocasionan (…)
“…pero después que su circulación haya fomentado los Pueblos y dado un eficaz impulso a las artes industriales,agricultura y consiguientemenete al comercio Nacional se reembolsará al Rey cuando menos medio millón de pesos sobre el capital en las administraciones de cada Ramo.
El mismo pensamiento insinúo sobre la nuez moscada (…) Si ella es de la misma especia y finura que la del Asia y se cría en aquellos territorios espontáneamente con igual abundancia que en la Isla de Banda (…) pero nunca será ventajoso a los Pueblos ni al estado sino reservándoselo el Rey por algún tiempo como se hace con la Quina y el Palo de Tinte.” Firma Antonio Arzobispo de Córdoba.
Sigue pues el documento que anuncia sobre la Quina,y el Brasilete.
Excmo Sor.
“Aunque todas las circunstancias del tiempo de mi gobierno fueron contrarias a la prosperidad de los vasallos y necesariamente a los intereses del rey: aunque no entré a gobernar sino Provincias tumultuantes,vasallos debilitados por sus disensiones intestinas,rentas cuyos ministros errantes y perseguidos,cuyos fondos usurpados y exhaustos exigían de pronto una nueva creación. Aunque fue necesario remover tantos obstáculos y practicar tan difíciles operaciones para restablecer a su primitivo estado el Patrimonio Real; yo justamente me lisonjeo de haberlo entregado a disposición de V.E. con otro tanto de aumento respecto de igual tiempo anterior,así en las dos Casas de Moneda como en las diferentes Administraciones y Tesorerias,matrices y Subalternos.Este cálculo es Real y verdadero pues está fundado en el testimonio de los respectivos ministros que son responsables al producto líquido resultante de sus cuentas.Según el me lisonjearía también de haber podido entregar a V.E. muchos caudales sobrantes de todo crédito y destino, si en aquellos días de calamidad no se hubiesen añadido a un mismo tiempo,muchas muy graves,extraordinarias y costosísimas atenciones sobre las comunes a que están consignadas.Sin hablar de casi un millón de pesos con que se cubrieron los debitos anteriores,ni de las gruesas cantidades invertidas en el transporte y manutención del regimiento de la Corona por más tiempo de dos años; en la creación del veterano Auxiliar de Santafë y dos milicias en la misma capital,compuestas de varios oficiales y subalternos a sueldo,además de las que sobre el mismo pie se levantaron en las provincias dependientes y se consideraron necesarias para la seguridad del reino;sin traer tampoco a colación los grandes costos que han ocasionado las expediciones de Botánica,de Mineralogía y la colección de Platina,era poco todo el erario para lo que exigían los Militartes que por repetidas,precisas y urgentes órdenes de la Corte se han ejecutado en las Provincias del Rio de Hacha,de Mosquitos y el Daríen, fue forzoso hacer venir el regimiento de la Princesa que se ha mantenido en estas operaciones desde fines de 85,alarmar nuestras Provincias marítimas,prevenirnos de artillería y municiones de guerra,y boca para mucho tiempo;tener a la vela una escuadra pequeña pero bien reforzada de buques corsarios que cortasen la comunicación de los Ingleses con los Indios enemigos;otra de transporte para conducción de tropas y víveres.Reclutar un suficiente número de pobladores voluntarios bajo ciertos pactos necesariamente gravosos al Erario,traerlos de lejos y contribuirles la subsistencia más comoda. Era otra dificultad no menos insuperable tener de casa lo que necesitábamos.Nuestros puertos se hallaban sin embarcaciones del rey ni de particulares; nuestros almacenes de artillería y marina,vacios; nuestras Provincias escasas de harinas y de carnes.
Debía pues buscarse un fondo inagotable de dinero su equivalente para tantas urgencias y traer de afuera toda especia de provisiones.Los estancos de la Quina y de Palo Brasilete ofrecían desde luego un tesoro inmenso que abastecería el erario para estos y mayores gastos.La necesidad exigía que el uno o el otro fruto se negociare de primera mano por cuenta del rey con las colonias amigas.El inconveniente de que con estas materias se fomentaría el comercio extraño era temporal y la utilidad presente contrapesaba el perjuicio.Con mil cargas de Brasilete por ejemplo,que sólo cuestan al Rey cinco mil pesos se podía comprar al extranjero todo lo que aún en caso de haberlo suficiente en nuestras posesiones nos costaría veinte mil pesos fuertes.Pero el nombre odioso de Estanco,el reciente ardor con que los pueblos mal contentos habían procurado arruinar los ya establecidos me hicieron pensar en estos con toda la seriedad reflexiva con que acostumbro,comparar los objetos,el tiempo y sus circunstancias.Si pues resolví estancar el palo Brasilete para venderlo por cuenta del rey en las colonias extranjeras por el limitado tiempo de nuestras expediciones, si he informado a S.M. la importancia de adjudicar a la Corona este precioso ramo y el de la Quina mi resolución y mi dictamen no han sido efectos de la necesidad solamente sino esfuerzos de un celo prudente y circunspecto que sin perder de vista el bien público jamás tendrá la reprehensible condescendencia de sacrificar a sus antojos los soberanos derechos.
“Ha muchos años que mis antecesores trabajaban en lo mismo. Por lo que toca a la quina informó el Exc. Sr. Dn Manuel de Guirior las ventajas del estanco en 15 de mayo de 1773,n°93.lo mismo ejecutó don Manuel de Flóres en el de 76 n°112.2
Sigue diciendo el documento que existían Reales Ordenes dirigidas a la mejor administración del ramo (de quina),al acotamiento de los montes que lo producen,a la enajenación de injustos poseedores,a la consignación de sueldos y gratificaciones a los acopiantes por cuenta del rey; “pero sobre todo al expreso y positivo mandato de que se agregara al real erario por un estanco general”. Dice que es una idea antigua, ventajosa a todo el cuerpo de la monarquía.
Respecto al Palo de Brasilete menciona la real Orden de 19 de agosto de 84 donde “…se me previno formase un plan circunstanciado para su más útil extracción y habíendolo ejecutado en los años de 85 proponiendo su estanco para negociarlo en las colonias y ocurrir con su producto a los insoportables gastos de la Real hacienda tuve la satisfacción de que se me aprobara por S.M. en 6 de mayo del 86.
Dice que hay interesados empeñados en persuadir que tales estancos fueron arriesgados en tiempo de una reciente conspiración “ que son siempre ruinosos al estado como trabas del comercio que es la fuente de su opulencia y de su poder,reducíendose a esos dos puntos sus quejas.”
“He dicho y lo repito: no hubo el menor peligro en estancar la quina y el brasilete.Los estancos de estos ramos son útiles a las Provincias que los producen,al comercio y al soberano.”
Dice que dichos contravimientos se apoyan en lo suscitado en el año del 81 contra los de tabaco y aguardiente.
Pero “ terminaron cediendo en mis manos voluntariamente sus pretendidos derechos a la siembra y negociación del tabaco”.
En cuanto a la quina y el brasilete se ha ponderado bien el interés que toman los regnícolas en estas producciones.”Y quien no conoce la grande diferencia en que los interesaran el aguardiente y el tabaco? Eran estos el suco nutricio que alimentara los pueblos. “sembraban en tierras propias y destilaban dentro de sus casas. Vendían precisamente por dinero efectivo cuya ambición los alentaba al trabajo y la posesión al mejor establecimiento de sus hijos.Puede decirse lo mismo del brasilete ni de la quina? Son árboles comunes que sólo se crian en una u otra provincia y allí no en tierras de particulares sino realengas; no en las inmediaciones de los Pueblos sino en montañas retiradas y asperísimas; no se vendían sino por ropas groseras,averiadas y sumamente recargadas en el precio; (…) este y el ningún provecho los desalentara y hacía mirar con desprecio estas plantas que serán algún día la mayor riqueza del reino.”
“En consecuencia en las provincias de Quito se ignoran aún las admirables virtudes de la quina y el uso más frecuente del Brasilete en las de Santa Marta era en las cocinas. Y podía creerse que el estanco de estos frutos que interesaran tan poco a los nacionales pudiese ocasionarles resentimientos ni celos?
“No ignoro que la libertad del comercio es el principio de la prosperidad de una nación.
Agrega que el comercio no puede ser de tres o cuatro particulares,con medidas tiranicas u opresivas que dejan a los pueblos en la indigencia “… o es aquel comercio cuyo flujo y reflujo redunde en beneficio universal de todas las clases del reino, que promueve la agricultura y la industria … etc
“La experiencia de los siglos nos ha hecho conocer que sus vastísimos y fértiles territorios,sus preciosas e inagotables minas sus (…) y exquisitas producciones no han contribuído sino a enriquecer los extranjeros…
“Tan asombrosa decadencia fue por haber abandonado el comercio del Nuevo Mundo a las ideas ambiciosas de unos pocos negociantes en lugar de haber establecido el comercio político;
Se refiere a las posesiones amricanas que producen primeras y más preciosas manufacturas y en que al mismo tiempo pueden tener consumo los frutos y artefactos de España.
Dice que el adecuado comercio de los productos hará depender las fábricas y boticas del extranjero de nuestro auxilio.
“Basta recordar los gravísimos perjuicios que les infería el pretendido comercio libre y les infiere aún el de otros ramos de igual especie.Semejante comercio se ha reducido siempre a cuatro negociantes que hacen acopio por temporadas ni podrá extenderse a más porque la concurrencia encarecerá el fruto y hará sus negociaciones menos lucrosas. O porque no comprando sino en géneros despreciables los cortadores que se contentan con poco no se ocuparán en estos trabajos sino cuanto baste para vestir su familia (…) no tardará mucho en asolarse los montes y arrancarse los árboles hasta sus raíces si se dejan el desenfrenado arbitrio de su codicia.
“Como a esta casta de tratantes es indiferente negociar en géneros de su patria o de países extranjeros,vender en estas o en aquellas siempre que les dé lucro no es dudable que alguno de este modo u otro entretuviera el contrabando.
“Estos mercaderes no tienen otro objeto que su interés propio: venden caro y ganan mucho.Recargan el precio a las ropas hasta un exceso enorme y usurario los que en sus aranceles se estiman en veinte xx sencillos (p.ej) en el valor de una carga de brasilete que en el día paga el rey por cinco pesos fuertes.
Para dar pronta salida a sus géneros con otro aumento de ganancia franqueaban anticipadamente partidas considerables a los cortadores. Y estos miserables lejos de conocer el engaño bendecían la mano de su opresor hasta que en fin conocían que una pieza de Bretaña grosera les costaba un mes de trabajo.Si podían pagar era dejando a su familia en la mendicidad si no les era forzoso abandonarla y dejar la patria para evitar la venganza de los acreedores.
Agrega que son más moderados los que pagan el trabajo diario.
“pero además hay jornaleros que se fian de la posesión en que están de esos frutos naturales(delos ríos y selvas) y no se aplican al trabajo sino en los días de urgente necesidad.
Habla de la real hacienda y propone que los gastos de esta se distribuyan de modo que vuelvan prontamente a las arcas con ventaja (…) El modo único es quitar la libertad de estos ramos hasta un cierto tiempo por medio del dinero ,en incentivar el trabajo e instrumentos de felicidad.
“Sólo una distribución contínua y de ser posible igual en dinero para estimularlos.
Dice que estos signos de reconvención y riqueza incitan a la industria.
“Al reclamar el dinero saldrán de los montes las familias dispersas se fijarán donde puedan adquirirlo más fácilmente.Civilizarán sus costumbres y hallarán en la sociedad bienes preferibles a la vida silvestre que ejercen.
“Comprarán tierras baldías porque no hay otra cosa que agrade más al hombre que un establecimiento fijo en posesiones propias. Luego pasarán al estado matrimonial.
(Sigue encadenando efectos que llevarán a la felicidad del reino)
Dice que en Santa Marta solamente se regulan más de 17.000 hombres de armas.”Mucho dinero y sangre ha costado el intento de sujetarlos por fuerza pero no hay otro medio que atraerlos por un comercio lucrativo que alague su pasión dominante que es el interés”. Añade que serán atraídos a nuestras poblaciones,habrá fidelidad en los contratos,habrá buen trato por los Ministros del rey,se mejorarán las comunicaciones etc de modo a hacer de muchos millones de enemigos otros tantos vasallos.
Trata luego del comercio nacional. “…que todos los naturales puedan vender con libertad pero exclusivamente al Rey estos preciosos ramos, trayéndolos a sus Almacenes y que allí se vendan a los comerciantes por cuenta de S.M. o que por la misma se conduzcan y expendan en los puertos de Europa.
Si lo primero se ve en el palo Brasilete que es el único estancado hasta ahora pues comprándose al rey en ocho pesos la carga de dos quintales y medio tienen los negociantes la exorbitante ganancia de vender en Cadiz el quintal a diez y ocho pesos sencillos que es su ínfimo precio. Aquí es de agregarse la seguridad de hallar siempre carga pronta sin tener que sufrir la dispendiosa alternativa de retornarse sin ella o perder mucho tiempo en acopiarla.Sobre este pie o sobre el segundo que se establezcan los estancos resultará que si antes nuestro comercio sólo extraía unas materias preciosas pero en cuyo cambio expendían únicamente un corto y el inferior producto de nuestras manufacturas ahora podrá introducir los de toda la numerosa multitud de artes (…)
“Lo aumentarán en la conducción a España y allí comprarán con más crédito cuanto pueda tener pronto y lucrativo consumo en América.La libertad del comercio entre España y sus Indias es útil,es necesario para la prosperidad de ambos dominios.
(…)” Que no se estanquen en pocas manos sus naturales y artificiales producciones:esta es la grande máxima de los comerciantes sabios e inteligentes porque en esto es que hallan utilidad real y constante.
“Resta solamente hablar de los aumentos que tendrá la real hacienda.
“Si los estancos de los ramos de que se trata se reducen a que S.M compre todos los que libremente se traigan a sus almacenes por los nacionales y que en ellos mismos se vendan a a los comerciantes por un precio medio será menor la ganancia actual pero más prontamente reembolzarán las arcas el dinero que han distribuído y desempeñadas sus atenciones le quedará un sobrante considerable que distribuyéndose sucesivamente en los años futuros juntamente con sus productos crearán en cada caja una Masa común a los pueblos,al comercio,y al rey de que cada uno recibirá sus respectivos réditos pero de la que sólo s.M. será el dueño absoluto. Y si los Ramos estancados no deben expenderse sino en España la ganancia actual será mayor pero más retardada y menos fructífera respecto del real erario en general.Cual de los dos sistemas interese más es un problema cuya decisión se reservará nuestro Ministerio.
Agrega que se deben fomentar pueblos y comercio que son los ejes sobre los que se sostiene todo el fondo de la Real hacienda.
Son consecuencias que se siguen necesariamente.Puestos en movimiento pueblos y comercio por la contínua circulación del dinero, por los cambios y consumo de frutos y efectos subirán los derechos reales hasta el grado en que un vasallo produzca más,al rey,que ciento en el día. Porque si los americanos de todas castas pueden tener arbitrio de adquirir algún dinero, que expendio no habrá de tabacos,aguardiente y otros ramos industriales ya estancados? Qué uso no harán de nuestros artefactos y frutos europeos así de comodidad como de lujo? Y el comercio que gozarán por todas partes los unos y los otros no dejará también al rey en sus reales aduanas más contribuciones en un solo Ramo que ahora en veinte?
“Contrayéndome al palo de Brasilete,es indecible cúanto ha mudado de aspecto las Provincias de Santa Marta en los últimos cuatro años,cúanto ha prosperado su comercio,y cuanto ha producido la Real hacienda.Los campos antes desiertos e incultos se van ocupando de gentes,de sementeras y de ganado.Los indios que no salían de las breñas sino a hostilizar los pueblos vienen a ellos,se tratan de paz,se comunican,se dulcifican sus costumbres y dan esperanzas no equivocas de que serán vasallos fieles y útiles en pocos días.Sus puertos son frecuentados de buques mercantes porque introducíendose el buen gusto en adornos y elementos hallan fácil salida.
Las ,rentas reales de aguardientes,tabacos,diezmos,cruzada,tibutos de indios han crecido considerablemente y en fin con sólo treinta y un mil doscientos cuarenta y una cargas de palo que se ha extraído por cuenta del Rey a las colonias y han costado 156205 pesos nos hemos provisto de viveres con tanta abundancia y a tan ínfimos precios que a los corrientess del Pais hubieran costado 356188 pesos de que se deduce que sólo en este artículo ha ganado el Rey mucho más del tanto por ciento del principal inclusos los costos de acopios y gratificaciones de empleados y además ha sobrado para llenar los almacenes de artillería y marina de todos los armamentos navales de que carecían.
Qué pues no podrán esperar los naturales,el comercio y el rey si en cada provincia se reserva su majetad para comprar y vender a dinero uno o dos de estos ramos que produce la naturaleza por sí misma,que aletarga a los regnícolas en la ociosidad,y en la pobreza,y que muy distante de promover la libertad del comercio lo encadena para que no haya progreso?
(…) “…y que en fin vuelve a las administraciones de ramos,a las aduanas y tesorerías dos o tres tantos más del principal que salió de los almacenes.”
En cuanto al estanco de brasilete y quina las ventajas de uno y otro quedan manifiestas en el nuevo aspecto dela gobernación de Santa Marta o en la de Mariquita con la quina con el impulso que se ha dado a la circulación del numerario por los jornales de los cortadores,resucitando a esta lánguida provincia del letargo y suma pobraza que padecía,proporcionandose al mismo tiempo mayor ingreso en las rentas que siempre se aumentan a medida de las comodidades de que gozan los vasallos.
Fuera del palo brasilete y de la quina se presenta una tercera preciosísima producción. V.E. mismo recibio y ha visto la carta del director de la Expedición Botánica Don José Mutis en que remite muestras y anuncia la abundancia que hay en los montes del reino de la especie fina oriental vulgarmente llamada Nuez Moscada. Capaz de dar celos a la Isla de Banda con que puede proporcionarse al erario un ingreso igual al medio millón de la quina y el fomento del país que parece incansable en manifestar cada dia nuevas preciosísimas producciones con que indemniza largamente la expedición botánica de los gastos que ocasiona a la real hacienda.
En conclusión V-E. tiene la fortuna de llegar a este reino al tiempo de coger las más preciosas y abundantes cosechas y yo quedo con la satisfacción de haber contribuído a ellas con mis meditaciones y mi trabajo,
Nuetro Señor guarde a V.E. muchos años.Turbaco y Marzo 26 de 1789
Excelentísimo Señor Antonio Arzobispo de Córdoba, Duplicado
Por ausencia del sr Secretario firma Francisco de Zalamea.

12.El capitán Francisco de la Serna e Ibañez suegro de don Francisco Zalamea.
En la Notariá 2 de Bogotá año de 1773 Folios 368 a 381 está el testamento de don Francisco de la Serna e Ibañez.
En los numerales 1 a 4 dice que es hijo legítimo de don Francisco de la Serna y doña Antonia Ibañez,ya difuntos. Agrega que es casado y velado en primer matrimonio con doña Francisca Hurtado con quien tuvo siete hijos llamados: María Francisca, Juan José, Josefa, Maria Ana, Francisco Xavier, Maria Carmela y Antonio (ésta murió).
Dice que recibió 12.000 pesos que constan en la escritura dotal. También que recibió de legítima de los padres de su esposa 6948 pesos que le costó 2 viajes a Quito “…a recoger este caudal a beneficio de todos los hermanos pues a todos toco lo mismo.”
En el numeral 5 dice que cuando contrajo matrimonio con dicha Francisca Hurtado “…hice ya de capital $6000. Y de estos dote a ella en un mil pesos, por no tener ya en aquel entonces heredero forzoso por haberse muerto mis padres.”
Dice en el 6 que en el año pasado de cincuenta el día primero de Julio de dicho año falleció dicha señora y “…me mejoró a la difunta en el Quinto de sus bienes”.
En 7 declara que”…con el motivo del fallecimiento hice computo y cálculo del caudal que entonces tenía y prudentemente conceptué accedería hasta la cantidad de 80.000 pesos poco más o menos en los bienes siguientes”:
-primeramente una hacienda de parrados,sementeras y ganado,nombrada Las Canoas con todos los aperos necesarios a su beneficio.
-segundo una hacienda de trapiche llamada Quebrada Grande con 60 esclavos,poco más o menos,cañaverales y demás (…) para su laboreo.
-una casa en que al presente vivo con su menaje.
-varias dependencias buenas y malas
De modo que todas estas partidas según el prudente computo que formé en aquel entonces, componían la suma de $80.000.
En 8 dice que en Quito perdió $5000 y en Santafe $10 a 12.000.
El numeral 9 dice que fue voluntad de su difunta esposa que todos los hijos percibieren por igual.
En 10 trata un asuto de dotes,yernos y mandas.
En 11 dice que a Andrés Ortiz esposo de una de sus hijas le dio 2000 en doblones pues dicho Andrés le asistió cuando era soltero,”… en el manejo de mis dependencias”.
En 12 dice que a Fernando Rodriguez casado con su hija Josefa le dio 6000 pesos como consta de su respectiva carta dotal.Agrega que dicho Fernando tiene además de una cama,10 o 12 sillas doradas,5º 6 taburetes dorados y un escritorio.
En 13 dice que a Pablo Lalinde esposo de Maria Ana le dio $6000 como consta en carta dotal.
En 14 declara que a Juan Antonio Olea casado con María Carmela le dio 6.500 pesos.
En 15 dice que dio a Juan José 2695 pesos cuando se fue al curato de la Parroquia para pago de algunas deudas y para habilitarlo para el viaje y gastos que se le ofrecieron en su curato. “… que desde tomó colación de sus capellanías hasta el 1° de noviembre de 69 le tengo pagos los réditos de ellas.”
En 16 dice que dio a Francisco Xavier $700 en libros de una librería que de España me vino y otros bienes (sillas de montar,polacas,etc…)
En 17 declara que fue albacea de Nicolás Callejas y que al respecto está todo cumplido.
En 18 dice que deben pagarse 2500 pesos a Antonio Ibañez en bienes avaluados de los de Callejas y lo que falte en plata.
En 19 reconoce haber sido albacea y heredero del maestro Calvo de la Riva y que al respecto está todo cumplido.
En 20 dice poseer en confianza 1157 pesos de los bienes de Nicolás Callejas como pertenecientes a su suegro Fernando Dionisio Hurtado.Dinero afectado por una fianza “…y hasta que finalice no se puede dividir”.
En 21 acepta que Callejas dejó a las cuatro hijas suyas y de doña Francisca Hurtado de a $1.000a cada una ya entregados.
En 22 dice tener 500 pesos que me entregó Fray Francisco de Aguirre para mantener la lámpara de Nuestra Señora del (…) Dice que lo ha hecho y que aún sale él gravado.
En 23 dice que es propietario de 1000 pesos sobre canoas que percibí de Callejas para con sus réditos dar 8 reales por semana a la monja de la Concepción María Teresa Gamboa.Dice que ha cumplido.Y agrega que este principal por muerte de dicha monja está destinado ´para imponer el patronato a que hace referencia el testamento de Callejas’.
En 24 dice que “Tengo en mi poder desde el 1° de diciembre del año pasado de 59 $6600 los que están en poder de mi hijo F.Rodríguez que los mantiene existentes como se me entregaron, por deposito ante Escribano”.
En 25 dice ser dueño de su actual morada y cuatro esclavos un varón y tres hembras.
En 26 dice que tiene sobre sus haciendas,por escritura,2.000 pesos pertenecientes a la capellanía “…de mi hijo el D.Dr.Dn. Juan José cuyos réditos tengo satisfechos”.
En 27 reconoce sobre Canoas 3.000 pesos de gravamen pertenecientes al Patronato de Legos del que hablaba en 23 que mandó fundar Dn Nicolás Callejas en cuya posesión se halla el D.Dr.Dn Juan Antonio Ibñaez cuya fundación se hallará en el testamento de Callejas.”De modo que todos los gravámenes que reconoce esta hacienda llegan a la cantidad de $6100 incluyendo el de la monja Gamboa”.
En 28 dice que el 1° de enero de 1752 contrajo segundo matrimonio con Doña Luisa Lanos con hasta el presente 10 hijos,9 existentes y uno muerto por lo que viven 6 hembras y 3 varones.No trajo doña Luisa dote sólo un aderezo de esmeraldas y una joya los que se le entregarán como bienes propios suyos. Dice que no ha habido bienes gananciales durante ese segundo matrimonio.
Del primer matrimonio reconoce como herederos a Josefa mujer de don Fernando Rodríguez,a Maria Carmen mujer legítima de Juan Antonio de Olea, a los dos hijos de la difunta Maria Francisca mujer legítima de Andrés Ortiz ‘por su madre y representando su persona.’, a Juanchito nieto e hijo legítimo de la finada Maria Antonia esposa del Sr Lalinde, a los D.Drs.Dn Juan José y Francisco Xavier.
Y del segundo matrimonio a Josefa,Petronila, Antonia,Cathalina,Cicilia y Clemencia,a José Xavier y a Rafael “…para que en la conformidad expresada,unos y otros hereden y sucedan en todos mis bienes,derechos y acciones. Bien entendido que los del Ier matrimonio cogerán la legítima materna por iguales partes y en la misma conformidad que su madre dispuso en el testamento”.
En 30 dice que por los muchos servicios de doña Luisa lanos su segunda esposa,”… se le dé el Quinto de mis bienes”.Y que por la orfandad en que quedan constituídos los del segundo matrimonio “…los mejoro en el tercio de todos mis bienes”.Que las mejoras de dicho tercio y el Quinto se les satisfaga a la dicha doña Luisa y a sus hijos en la Hacienda de Las Canoas repartiendo el tercio entre todos los hijos por iguales partes. Para evitar disensión entre los del primer y segundo matrimonios “…que las legítima que les pertenece a los del 2° matrimonio se les entere en la misma hacienda de las Canoas con declaración que si el valor de dicha hacienda excediere el Quinto de doña Luisa,tercio y legítima de los dichos hijos y juntamente al gravamen de la Capellanía (…) se les entregará el exceso a los del primer matrimonio en plata.Y estos por el contrario deberán satisfacer a los del segundo lo que faltare completar las citadas mejoras y legítima en pata lo que quiero se guarde inviolablemente.”
En 31 nombra a doña Luisa Lanos tutora y curadora de mis menores hijos y como albaceas testamentarios a Gregorio Díaz Quijano, Pedro Ugarte y Gregorio Manzaneque.
Santafé 17 de diciembre de 1772.Firma Frco delaSerna
El testamento es cerrado y lacrado por lo que se siguen oficios para determinar su legitimidad. Hay uno entre esos donde se menciona a Francisco Xavier Serna,alguacil mayor de la Real Audiencia y dice que don Francisco delaSerna e ibañez murió el 18 de diciembre de 1773 y manda “…que el presente se pase a la casa de morada donde se halla el cadáver de don Francisco delaSerna e ibañez.”

Sabemos que el capitán don Francisco de la Serna e Ibañez,suegro de don Francisco Zalamea y Herrera, fue dueño por remate al contado de las haciendas Canoas y Aguasuque las cuales heredó una de las hijas de su primer matrimonio, doña Josefa de la Serna Y Hurtado.Cuenta Pardo Umaña en su libro sobre las Haciendas de la Sabana que su esposo, Fernando Rodríguez y Sotomayor,muerto ya don Francisco de la Serna, '...fué postor en el remate que de Las Canoas hubo necesidad de hacer y se quedó en propiedad con la hacienda que había sido de su suegro.´Viuda doña Josefa de la Serna y Hurtado casó a su hijo Fernando Rodríguez y de la Serna con Josefa hija del fiscal Moreno y Escandón y hermana de la esposa de don Lorenzo Marroquin de la Sierra,futuro propietario de Yerbabuena al norte de la capital. Sigue Pardo Umaña diciendo que don Fernando Rodríguez y de la Serna heredo Las Canoas '...pero éste conservó su estancia y al morir la legó a su hija Mariana Rodríguez y Moreno,esposa que fué de don José María de Uricoechea y Sornoza.

13.Testamento de Doña Luisa Lanos y Munar suegra de don Francisco Zalamea y Herrera.
Este documento se encuentra en el Archivo General de la Nación entre los protocolos de 1804 de la notaria 2ª de Bogotá, Vol.207 Folios 703-706.(Doña Luisa testó el 9 de febrero de 1804.Según las Genealogías de Santafé de Bogotá, apellido Munar, en 1714 los Munar Arguindegui directos ancestros de doña Luisa eran” personas nobles” y principales de Santafé.)
Las tres primeras clausulas del testamento contienen la afirmación de fe de doña Luisa.En la 3ª pide ser amortajada ‘con el habito de mi padre San Francisco’ como lo hizo su esposo y lo hará don Francisco Zalamea y Herrera. En la clausula 4ª ordena unas mandas ‘forzosas’ y en la 5ª reconoce sus nueve hijos: Doña Josefa,doña Petronila,Don Xavier,Don Joseph Domingo,Doña Antonia,Doña Catarina,Don Rafael,Doña Cecilia y doña Clemencia.
En la clausula 6ª dice que por fallecimiento de su esposo quedó como tutora y curadora de” los referidos mis hijos”.
En la clausula 7ª dice que “Clemencia murió en menor edad y Rafael se entró de religioso profeso en el convento de Nuestro Padre san Francisco de esta capital por cuya razón recayeron en mí sus legítimas y demás derechos”.(Es éste el famoso fraile organizador de la futura Universidad de Antioquia)
En la 8ª declara que “Con excepción de Petronila,Xavier y Cecilia a los demás les tengo satisfechas íntegramente la legítima que les corresponde por parte paterna por lo que no les soy deudora de cosa alguna”.
En la 9ª declara que las “legítimas que debo las tengo cargadas sobre el valor de las casas en que actualmente vivo en el barrio de la Catedral en la esquina del Colegio de Santo Tomás cuyas fincas se tendrá por especial y (…) hipoteca para el pago y privilegio de los tres otros mis hijos”.
En la 10ª declara “que además de la legítima debo a Doña Cecilia la cantidad de trescientos cincuenta pesos que (…) civil mano de Don Antonio de las Caxigas siendo alcalde ordinario de una obra pía que se le distribuyó por el Ilustre cabildo de esta ciudad”.
En la 11ª declara “que de la antecedente cantidad (…) debo a mi hija los réditos desde los tiempos en que(…) dio pues no le impuse sino que sé de ella en mi beneficio”.
En la 12ª declara que “a Petronila,Xavier y Cecilia les soy deudora de la cantidad de 2000 pesos que les dejó don Juan de Ibañez y de esa cantidad les debo los réditos desde que dicho Ibañez falleció pues he usado de ellos en mi beneficio”.
En la 13ª declara que “ a mi yerno don Luis de Haro le debo lo que consta por los recibos que tiene presentados en el Juzgado Ordinario de esta capital y (…) que a sus expensas tiene impedidos en la casa en que actualmente vivo (…).
En la 14ª declara que” además de la cantidad liquida que resultare en la antecedente clausula debo a dicho yerno todo lo que ha costeado en los tres pelitos que por mí ha seguido con el convento de la Concepción de esta capital y con don Bartolomé de Hinestroza los que se hallan pendientes en el día y para el pago de lo que ha desembolsado se estará a la (…) que dice”.
En la 15ª declara que “A Petronila soy deudora de los réditos de su legítima paterna”.
En la 16ª declara que “ los dos mil pesos que confieso debo en la clausula undécima a Petronila,Xavier y Cecilia son réditos vencidos de los 2000 que le debo a don Juan de Ibañez y ese principal lo reconoce Jose Antonio Sánchez sobre la hacienda del Tintal”
En la 17ª declara “Que el importe de las legítimas paternas correspondientes a mis tres hijos Petronila,Xavier y Cecilia es la cantidad de 751 pesos seis reales a cada uno”.
En la 18ª declara “Que mi hija Doña Petronila y mi hija Cecilia por mis muchas escaceces y no tener con que sostenerlas,la primera se ha mantenido en la casa de don Joseph Antonio de UGarte y la segunda en la de don Pedro Garavito y por lo mismo no les he contribuído con los debidos alimentos y demás necesario por lo que les soy deudora de los réditos de su legítima los que se les satisfacerá igualmente”.
En la 19ª manda:” Que si con la casa no alcanzara a cubrirse las legítimas y demás intereses con los réditos que van expresados de los tres dichos mis hijos se les completare íntegramente con la cantidad de tres mil pesos de que me es deudor mi hijo Don Domingo de la Serna”.
En la 20ª manda “Que la deuda expresada en la antecedente clausula se le abone al dicho mi hijo don Domingo lo que resultare haberme satisfecho por los réditos que le tengo otorgados;con más exhibirá los r éditos que resultaren de la cantidad liquida del principal de los tres mil pesos”.
En la 21ª declara: “Que sobre la casa en que actualmente vivo en la esquina del Colegio de Santo Tomás debo sobre ella los principales siguientes: al Monasterio de la Concepción de esta capital 500 pesos,al Dr Ignacio Tordecillas 500 pesos,a los Capellanes de Coro 500 pesos y 350 pesos de una capellanía al Dr (…) Zepeda cuyos réditos cobra el D D Miguel de Herrera”.
En la 22ª declara que “Sobre la casa de la Plazuela de san Francisco debo al monasterio de la Concepción la cantidad de tres mil pesos cuyos réditos se deben desde el año de 97 hasta el día en que se executó y despachó dicha casa como consta de autos instaurados en la justicia ordinaria.”
En la 23ª declara “Que los 3000 pesos anteriores son los mismos que sacó y me adeuda mi hijo don Domingo”.
Luego declara que” Nombro de tutor y curador de mi hijo don Xavier de la Serna a Don Francisco Zalamea y en su defecto al pariente más inmediatao, y como albaceas testamentarios y fideicomisiarios en primer lugar a Dn Luis de haro,en 2ª a don Francisco Zalamea ambos in solidum y les confiero poder amplio con general administración y les prorrogo todo el termino que necesiten.Instituyo y nombro a mis hijos universales herederos en el remanente de mis bienes,derechos y acciones. A 9 de febrero de 1804.
Continúa: “Declaro que los quinientos pesos que constan en la clausula veinte y una de los Cap de (…) se le dieron a don Luis de Haro en parte de la legítima paterna de mi hija doña Cecilia cuya cantidad se le rebajará de su haber”.
Sigue tratando asuntos de réditos y principales.
Luego declara “Que los 2000 pesos que se expresan en las clausulas 12 y 16 (…) de réditos vencidos de los 2000 pesos que don Juan de ibañez dejó a mis tres hijos Petronila,Xavier y Cecilia no debe tales réditos pues aunque se han cobrado estos se han invertido en la manutención de ellos y de la otorgante quien igualmente se los deja”.
Declara que “no se juzga deudora de los réditos que se expresan en la clausula 15ª supuesto que la legítima paterna de la citada su hija Doña Petronila se halla cargada sobre la casa en que vivo y en la misma en que ha vivido su citada hija”
Declara que lo expuesto en la 18ª clausula no se tenga de ningún valor ni efecto pues en ellas (…)y mantenido a mi lado a mis hijos contribuyendo con alimentos y no les soy deudora a mis hijos de réditos algunos ni de otra cosa alguna a excepción de su legítima”.
Declara que “Mejora a Petronila y a Cecilia con tercio de mis bienes dividíendose éste por mitad con declaración que lo hago graciosamente no porque le deba nada a nadie”
Firma Luisa Lanos

14.Juicio de sucesión de Merceditas Gómez de Zalamea.
Tenemos aquí el destino de los bienes de la otra rama de Zalamea hermanos.Descubrimos que Enrique sobrevivió a su hermano Angel y a su propia esposa.Los bienes mencionados en el juicio de sucesión de ésta son los de Enrique pues había sociedad conyugal.Descubrimos que tras adjudicación de la herencia de Angel María donde no se menciona a Enrique éste abrió un almacén propio con mercancias de valor.Aquí tenemos la lista de las propiedades de Enrique.
El documento está en el Archivo General de la Nación Notaría 1a año de 1907 Volumen 516 Folios 1415 y subsiguientes.
El primer documento que encontramos en el juicio es la partida de Matrimonio de Enrique y Mercedes con fecha del 6 de febrero de 1869.Fué matrimonio in face ecclesiae con '...bendiciones nupciales y se velaron'.Padres de doña Mercedes fueron Nicolás Gómez y Encarnación Barrios. Asisten como testigos Pedro Zalamea hijo y Manuela Cantillo viuda de Rafael Zalamea Cienfuegos.
A continuación aparece la Partida de bautismo de Maria Alejandrina Estanislada con fecha de 14 de Diciembre de 1869.Dice que la niña nació el 4 de Nov. de 1869. Adjunta está la partida de bautismo de José Enrique Gregorio con fecha de 1o de Nov de 1874.Dice que el niño nació el 24 de mayo de 1874.Con las anteriores está la partida de bautismo de Maria Mercedes Eulalia con fecha de 24 ... de 1876 y dice que nació el 12 de febrero de 1876.
Aparecen luego las partidas de otros de los hijos.Primero dice que en la casa de habitación del señor Enrique Zalamea, de la catedral de Bogotá fué bautizado el 24 de diciembre de 1878 José Dario nacido el 25 de octubre de 1878.Dice luego que en la casa de habitación el 29 de febrero de 1880 el Reverendo Padre Fray Rafael Almanza de la Orden de los menores bautizó a un niño nacido el 4 de noviembre de 1879 a quien puso el nombre de José Carlos.
Luego aparece en la iglesia de San Carlos con fecha de 15 de julio de 1883 el bautizo de una niña nacida el 9 de diciembre de 1882 a quien pusieron de nombre Maria Concepción.
Más adelante,no contigua, aparece la partida de bautismo en la Iglesia de Santa Barbara con fecha de 22 de septiembre de 1872 de un niño nacido el 22 de marzo de 1872 a quien pusieron de nombre Rafael Gregorio.
Antes de la anterior está la partida de defunción de Mercedes Gómez de Zalamea el 12 de septiembre de 1904 '...con licencia del cura de San Victorino se realizaron en la de San Pedro las exequias de Mercedes Gómez de Zalamea de 52 años de edad'.Nació en 1852.(Ver fechas de Enrique y Angel María en la Genealogia de la familia.)
Siguen a continuación los poderes de los herederos a sus respectivos representantes.
Dscubrimos que Alejandrina Zalamea está ya muerta para esos meses de 1904 y que su espóso Manuel Brigard residente en Zipaquirá pide se le cite en representación de sus hijos menores.
Vienen luego las declaratorias por las cuales se concede la calidad de herederos a los hijos de la familia y al conyuge superstite. Luego se declara abierta la sucesión y vienen los edictos emplazatorios.
Aparece luego una petición que reclama que vencidos los 30 dias de emplazamiento y como se han presentado los herederos se decrete formación del inventario judicial con citación a los que tienen derecho a concurrir a este acto. Los bienes pasan de $10.000 en Bogotá,Soacha y Fontibón y están en poder de Enrique Zalamea el conyuge sobreviviente.
Se pide luego comisíonese al sr Juez ejecutor para las prácticas de diligencias de inventario,peritos y todo lo relacionado con estos (remplazos etc...)
Entonces se decreta formación de inventarios y avalúos con citación de quienes temgan derecho a concurrir. Es nombrado Ricardo Vanegas como perito avaluador y un Tercero para caso de discordia que es Camilo Chavez.
Vienen luego las partidas de bautismo de los hijos de Alejandrina Zalamea y Manuel de Brigard.
La primera es de fecha 29 dic 1889 en que se bautizó a un niño de 15 días llamado Manuel José de la Concepción.Abuelos paternos: Juan de Brigard y Rosalía Galindo.
Aparece luego,en la Iglesia de las Nieves con fecha de 28 de junio de 1891 una niña nacida el 28 de junio anterior a quien se llamó María Magdalena Leonor.Fueron padrinos Miguel Antonio Caro(tiene que ser el presidente que era muy amigo de la familia) y Julia Zalamea de Barrera, su tía.(No aparece la partida de bautismo de esta Julia junto con los demás Zalamea pero aparece la de defunción.Es importante más adelante.)
Tambien en las Nieves con fecha de 10 de marzo de 1893 está la partida de Tomas Alberto Higinio nacido el 11 de enero de 1893.
En la parroquia de Santa Bárbara con fecha de 1895 está la partida de Alberto nacido el 11 de noviembre de 1894.
Con fecha de 11 de novimbre de 1896 aparece la partida de Hernando Froylan Plácido nacido el 25 de octubre de 1895
El matrimonio de Alejandrina y Manuel de Brigard se realizó el 29 de noviembre de 1888 en San Carlos.
Alejandrina falleció el 4 de enero de 1902 y fué enterrada en el cementerio parroquial de Pacho.Había nacido el 4 de noviembre de 1869.En la partida de defunción dice que tenía 40 años pero tenemos la partida de bautismo que da la fecha anterior.Tenía 33 años. Aparece como apoderado de sus hijos Antonio José Cadavid.
Viene luego el Inventario y avalúo de bienes.
Entre las alhajas de doña Mercedes merecen mencionarse:
-un reloj Remontxcav marcado M.G.Z
-una leontina de oro
-un anillo de perla y diamantes,
-un anillo sólo diamantes,marquesa.
-un anillo sólo diamantes Núm. 913,
-un anaillo de esmeraldas y diamantes,
-un anillo de esmeraldas,
-un medallon de diamantes Núm 11
-una cruz de diamantes
-un aderezo de zafiros,
-un aderezo de diamantes
-un aderezo collar.
Los peritos dicen que el avaluo se dará posteriormente.
A continuación el Dr.Eduardo Rodríguez Piñerez se sustituye como apoderado de Rafael Zalamea Gómez.
Se menciona luego un '...almacen donde se hallan las mercancias denunciadas por el tenedor de los bienes'.Se refiere a Enrique Zalamea Gómez quien abrió almacén hacia 1904.En 1903 tuvo lugar la adjudicacion de sucesión de su hermano Angel.Viene pues el inventario de las mercancias que suman en total $1.222.333.
Trata luego de los Muebles donde se menciona una araña de cristal de $150,cuatro candelabros por $100, cuatro espejos de cuerpo entero dos vicelados por $100, un piano Rhums por $150 y los derechos en la mortuoria de la Sra Julia Zalamea de Barrera,hija del matrimonio Zalamea-Gómez y fallecida el 5 de julio de 1904 que suman $743.25.(Más adelante se mencionan las antiguedades de donde salieron las que aquí se mencionan que eran propiedad de doña Julia.Es interesante pues es un catálogo completo de antiguedades valiosísimas)
El total de lo inventariado da $13.666.174
A continuación se comisiona a los Jueces Municipales de Madrid y Bojacá para diligenciar los inventarios de las propiedades localizadas en esos municipios.
Pero hay un documento interesante intercalado antes del inventario mencionado. En él Rafael transfiere a título de venta a los Srs.Drs Edmundo Champeau,E.Rodríguez Piñerez y Belisario Peña los derechos hereditarios que corresponden al exponente(Rafael) o puedan corresponderle en la sucesión mencionada El precio de la venta de los derechos es de $2.298 oro que confiesa haber recibido.Dice que puede recuperar esos derechos devolviendo el dinero antes del 14 de agosto, facultad que se reserva Rafael.Ya antes había vendido y recuperado los derechos. Luego hay otra escritura en que se dice que no puede hacer uso de su facultad sino entregando antes del 14 de septiembre del en curso(1905) 600 libras esterlinas en una letra girada por el banco de Colombia contra sus banqueros en Londres a 90 dias vista.. Todo este negocio está en las escrituras 183 y 397 del a Not 2a de 15 de mayo y 17 junio de 1905 donde se les reconoce como cesionarios.
A continuación los peritos avaluan las haciendas de los Zalamea-gómez:
-Municipio de Madrid,límites con Subachoque:Hacienda 'Tatambó' $45.600,A 80 pesos oro la fanegada divididas así:-la propia Tatambó: 612 fanegadas
-Tulia: 228 fanegadas
-El Retiro: 130 fanegadas
-Municipio de Bojacá: hacienda 'Las Ovejeras' 250 fanegadas, $10.000 oro.(La compró Enrique Zalamea a Vicente Durán en 10 dic 1891 por escritura pública 920 not 3a de Bogotá.)
Municipio de Bojacá: Finca 'La Merced' comprada a Alejandro Gaviria el 7 enero de 1788 por escritura 21 de la notaria 2a de Bogotá,600 fanegadas, $24.000.
(Propiedades adquiridas por Enrique durante la sociedad conyugal luego entran a sucesión de su esposa.Los límites y escrituras de compra se mencionan en este documento que estudiamos en el Folio 102)
[Hay que anotar que un antepasado de los Zalamea,el capitán don Francisco de la Serna e Ibañez,suegro de don Francisco Zalamea y Herrera, fue dueño por remate al contado de las haciendas Canoas y Aguasuque las cuales heredó una de las hijas de su primer matrimonio, doña Josefa de la Serna Y Hurtado.Cuenta Pardo Umaña en su libro sobre las Haciendas de la Sabana que su esposo, Fernando Rodríguez y Sotomayor,muerto ya don Francisco de la Serna, '...fué postor en el remate que de Las Canoas hubo necesidad de hacer y se quedó en propiedad con la hacienda que había sido de su suegro.´Viuda doña Josefa de la Serna y Hurtado casó a su hijo Fernando Rodríguez y de la Serna con Josefa hija del fiscal Moreno y Escandón y hermana de la esposa de don Lorenzo Marroquin de la Sierra,futuro propietario de Yerbabuena al norte de la capital. Sigue Pardo Umaña diciendo que don Fernando Rodríguez y de la Serna heredo Las Canoas '...pero éste conservó su estancia y al morir la legó a su hija Mariana Rodríguez y Moreno,esposa que fué de don José María de Uricoechea y Sornoza.]

Se mencionan luego valiosos semovientes como un caballo bayo,una máquina de trillar por $200, diez burros por $250 vendidos por Carlos hijo antes de la sucesión, un carro de junta, todo esto constituyendo un credito contra Carlos Zalamea Gomez el carro por $50 oro, dos arados extranjeros c/u a $50,por un total de $100 oro.
Vienen luego los Créditos Activos.
.uno de 50.000 contra los hijos Carlos,Enrique y Rafael por el arrendamiento de La Merced (1894 a 1905).
.40.000 contra Peregrino Camargo por el arredamiento de Las Ovejeras (1904 a 1905)
.12.742 contra el General Lezmes sumando capital e intereses esos 12.742,
Pasivo.
.Se debe a Enrique Zalamea 131 y por gastos de sucesion $100.000(dicen que el entierro de doña Mercedes costó $11.0509)
.saldos a cargo del almacen en el extranjero $3.071
.arriendo del almacen(de 1904 a 1905),arriendo de la casa etc para un total de saldos activos 1.085.003 y saldos pasivos 1.068.261, con una diferencia de 16.741.
A raiz de estos avaluos se desatan controversias pues los hijos no aceptan la tasación ni el derecho de Carlos a vender propiedades antes de la sucesión.No se aceptan las cuentas y se cruzan memoriales.Se dice que los hijos se independizaron de la casa paterna y no puede cobrárseles arriendo de la casa o manutención y que al contrario han pasado necesidades.
Viene luego un documento en que Carlos siguiendo el ejemplo de su hermano Rafael transfiere a título de venta a la Sociedad Comercial Anonima con razón social el 'Ahorro medio' sus derechos hereditarios.
Aparecen luego varios documentos,extensos, pues parece que no se calculó bien los derechos que habían de pagar al Lazareto hoy Beneficencia.
Luego como dijimos aparece la lista de antiguedades de Julia Zalamea Gómez de Barrera que suman ellas solas $70.700.De las cuales se tomaron las mencionadas atras.Las demás,en los folios posteriores al 1553,debieron ir a su esposo e hijos.
Llegamos pues a la adjudicación de hijuelas.
Hay una hijuela de gastos por $1472.
Hijuela del conyuge sobreviviente por su mitad de gananciales se le adjudican $48.041que se le pagarán entregándole pleno dominio sobre:
.un derecho sobre Tatambo de 22.800 siendo el total de la hacienda 45.600.
.un derecho sobre La Merced de 12.000 siendo el total de la hacienda 24.000
.derechos sobre la máquina de trillar,mercancias de almacen cuyo monto mencionamos al principio
.juego de bronce,reloj de sobremesa con estatuas y sus candelabros de cuatro luces.
Hijuela del Banco de Colombia como cesionario de los derechos hereditarios de Carlos Zalamea $6.880 representados en dominio sobre Tatambó,La Merced,Las Ovejeras.
Hijuela de Concepcion Zalamea Gómez.$6860
Hijuela de Merecedes Zalamea Gómez,$6860
Hijuela de Dario Zalamea Gómez, $6860.
Hijuela de Abelardo Munevar como cesionario de Enrique hijo, $3430.
No se mencionan los cesionarios de Rafael pero sabemos indudablemente que estaban en todo el proceso.Ver Folio 1680 y anteriores pra saber de la hijuela que les correspondió o por qué no tuvieron(negocio,reserva de Rafael hecha realidad etc)
Hijuela de los hijos de Alejandrina: Manuel,1372,Tomás,1372,Alberto,1372,Hernando 1372,Magdalena 1372.
39.Documentos importantes

28.1 Constancia de Pedro Zalamea como Escribano del Tribunal de Cuentas

En efecto Pedro Zalamea de la Serna entró como Escribano del Tribunal Mayor de Cuentas. Hay documentos que avalan esta afirmación como el intitulado 'Expediente sobre el pago de sueldos a los oficiales pintores de la Real Expedición Botánica.' Está en el Archivo General de la Nación de Bogotá,Colombia, en: Asuntos importantes S.A.A-1.2,2,D.17 y dice así en sus partes finales:
"Superior Orden: el Excelentisimo señor don Antonio Porlier(?) con fecha de veinte y cinco de Enero de este año me dice de Real Orden lo siguiente= Excelentísimo señor= Habiendo dado cuenta al Rey de la carta de Vuexcelencia de diez y nueve de septiembre del año próximo pasado número setenta y nueve y de la que en ella incluye del Director de la Expedición Botánica de ese Reyno Dn Josef Celestino Mutis ha sido de mucha satisfacción para su real ánimo la cumplida relación que se hace del ventajoso estado en que se halla la Flora de Bogotá y la esperanza de que se logre ver el precioso fruto de las tareas y talentos de este Sabio Botánico; pues
 cuando más segura confianza se ha tenido del perfecto desempeño de su comisión más vivas han sido y con los deseos de ver publicada mi obra por el honor que precisamente ha de redundar a la Nación. Y así me manda su Majestad  prevenir a vuestra excelencia nuevamente proporcione a dicho Director todos los auxilios y comodidades que necesite para la conclusión de sus obras y segura remisión de ellas a España dejando a su arbitrio el permanecer donde más le convenga trabajar a toda satisfacción con sus dibujantes y sin menoscabo de su salud que tanto importa."= Lo que comunico a
Ud para su inteligencia y satisfacción.
Dios guarde a ud muchos años Santafé veinte y siete de abril de mil setecientos noventa y uno= Joseph de Ezpeleta= Señor Director de esta Real expedición Botánica Dn Josef Celestino Mutis= Enmendado= Dispuse que= vale=
Hasta aquí Pedro Zalamea transcribe de su puño y letra el contenido de la anterior carta.
Luego sigue: Concuerda con las ordenes superiores, contrata de los Pintores para la Expedición Botánica de Santafé y demás documentos insertos que se hallan entre los demás comprobantes de la Cuenta de esta Real Botanica comprehensivo desde el año de mil setecientos ochenta y tres hasta el de mil ochocientos ocho presentados por Dn Salvador Rizo como Albacea y Mayordomo que fué del Doctor Don Josef Celestino Mutis que se hallan glosadas y fenecidas en el Archivo de este Tribunal Mayor de Cuentas, con cuyos documentos conseguí y contesté este a que me remito y para que conste en virtud de lo pedido y mandado en el Escrito inserto doy este que firmo en Santafé a catorce de enero de mil ochocientos diez y ocho años=
Pedro Zalamea y Serna.
Sigue otro documento con su firma donde explica todo el asunto de los pintores de la Real Expedición.Está en el mismo lugar y dice:
Sello real: Hispanurium et Ind. Rex Ferdi.VII D.6.
Dos reales. Sello tercero,dos reales,años de mil ochocientos diez y seis y mil ochocientos diez y nueve.
Yo,el escribano de Cámara en virtud de lo pedido y lo mandado por este Tribunal Mayor y real a... de Cuentas del Reyno Certifico, que habiendo traído a la vista las Cuentas y comprobantes de la Real Expedición Botánica de santafé comprensivos desde el año pasado de mil setecientos ochenta y tres hasta mil ochocientos ocho, y entre ella se halla un oficio del Señor don Antonio Mon y Velarde visitador de la Provicia de Quito en que participa al Director Dn Jose Celestino Mutis con que a diez y ocho d diciembre de mil setecientosnoventa " haber merecido la aprobación del Excemo señor Virrey del Reino el pensamiento de agregar a la expedición de ... cargo,otros tres pintores más y a que luego que se le presenten estos oficiales por parte del Maestro Cortés encargado de su solicitud entreguen a cada uno de ellos con cargo de reintegro por las Cajas reales deHonda los ciento veinte y cinco pesos que se les asignen para su abiamento y transporte en cuya marcha me persuado no había duda alguna mediante a que como acaba de expresarme dicho Cortés se hallan conformes a emprenderla con la prontitud que se requiere y apetece deseoso de proporcionar a ud cuantos auxilios pendan de mi parte y conciernan al éxito de la interesante comisión puesta a tu cuidado."
y una superior orden del Excemo señor Virrey Dn Joseph de Espeleta al citado Dr Mutis con fecha once de noviembre de mil setecientos noventa y uno en que le dice " que teniendo presentes las diversas Reales Ordenes comunicadas a este Virreinato y especialmente las últimas de veinte y siete de enero de noventa y veinte y cinco de igual mes de este año en que previene Su Majestad se franqueen a Vmd todos los auxilios que pide y necesita para dar impulso a sus obras". También hay un acapite que dice:" En consecuencia expido con esta fecha las órdenes correspondientes a los Ministros de real hacienda de esta capital para que satisfagan a don Francisco Zea el sueldo que se le ha asignado previnientes también de continuar suministrando los dos mil pesos anuales de la dotación de los dos Pintores de la Academia de San Fernando desde el día en que dejaron de percibirla a fin de que la distribuya Vmd en los cuatro que han venido de Quito y deben substituir a los dos referidos en la inteligencia de que me parece muy bien y apruebo el arbitrio que Vmd ha tomado de admitir cinco pintores más,destinando a su dotación el sobrante del goce de los de la Academia y el fondo que resulta de las útiles economías proyectadas por Vmd en las contratas de los demás pintores.Así mismo he dispuesto que todas las asignaciones de los empleados a la inmediación de Vmd se  reunan en estas cajas y que al efecto le tomen las convenientes noticias del cese en la Villa de Honda."
Y en el legajo de los recibos de los oficialesPintores a los Números 4,=8=11= y 27 se hallan los recibos de los Pintores Dn Manuel Martinez,don Mariano Hinojosa,dn Joaquin Perez y don Juan Axero por los que consta haber percibido sus sueldos del Mayordomo de dicha Real Expedic Botanica desde el año de noventa y uno con la gratificación que se les señaló para su viaje a los dos primeros de la Ciudad de quito a ésta de ciento veinte y cinco pesos a cada uno. Todo lo cual así consta y parece en los documentos y comprobantes de las citadas cuentas a que me remito y para que conste pongo esta que firmo en Santafé a catorce de enero de mil ochocientos diez y ocho=Enmendado=entre ella=vale=todos=vale ==============
Pedro zalamea y serna
Sigue otro documento dirigido a los SS ministros de Real hacienda.
"Los dibujantes de la Real expedición Botanica con nuestro mejor respeto decimos ante v.v. Que no habiendo sido suficiente la certificación que nos dió ese Ministerio de Real hacienda acerca del Plan que para arreglo y reforma de la exped.botanica se dignó expedir el Excmo sr Dn Antonio Amar a consecuencia del fallecimiento del Director Dr Dn Jose Celestino Mutis se nos hace necesario suplicar nuevamente a VM se sirvan mandar se nos dé una copia circunstanciada y autorizada del dicho Plan para que obre los efectos que convengan a nuestro derecho en esta atención suplicamos se sirvan acceder a nuestra solicitada merced que esperamos de la notoria.... ficación de v.v."
Firman: antonio Barrionuevo, Francisco escobar y Villareal, Manuel Martinez, Mariano Hinojosa,Joaquin Perez,Lino de azero, staFe 16 enero 1818.Como lo piden,siguen rúbricas.
Aparecen luego documentos en que se dice que por haber muerto don José Celestino "cuyos trabajos se hallaron inconclusos y en terminos de no poderse recoger y enviara España esta Superioridad decreta en 16 del corriente que por ahora y hasta nueva prevención soberana o algo sobreviniente continué dicha expedición al cuidado de los mismos empleados y dpendientes ... encargando al sobrino de don José don sinforoso Mutis la parte Botánica en lo científico" Habla de dos nuevos empleos: ".. un sirviente con la denominación de herbolario y otro con la de Portero y se les ha prefijado a todos los salarios que muestra la siguiente planilla." sigue dicha planilla:
Jornal diario de cada pintos en reales de plata                                            Importe anual de los mismos
(mitad en cada día festivo)
12                                             Dn Francisco Matis                                      480
12                                              dn Fco Villareal                                           480
10                                             Dn Manuel martinez                                     400
8                                               Dn Antonio Barrionuevo                              320
8                                              Don Nicolas Cortés                                        320
8                                              Don Pedro almanza                                        320
8                                               don Mariano Hinojosa                                   320
7                                                don Camilo Quesada                                     280
7                                                don Joaquin Perez                                          280
6                                                 don Fco mancera                                           240
4                                                Don Lino acero                                               160
4                                                 don Felix sanchez                                          160
4                                                  don Fco Martinez                                          160
3                                                   don Miguel sanchez                                      120
3                                                  Don Agustin Layton                                       120
3                                                   Don Juan n. gutierrez                                     120
2                                                   Dn tomas Ayala                                              120  
2                                                    Dn alexo Sanchez                                            80
2                                                    Dn Fco Cifuentes                                             80
8                                                    Sirviente herbolario                                          96
6                                                    Portero                                                              72
Importe total de salarios                4.688 pesos
Indica luego cómo se pagarán estos salarios y se refiere a la forma acostumbrada de pagar al cientifico botanico,sinforoso Mutis, al astrónomo Fco Jose de Caldas, al mayordomo salvador rizo,al escribiente Jose Ma carbonell. Los de los Pintores,Herbolario y Portero se pagarán a prorrata por los tercios del año etc. Sigue una petición de los referidos pintore reclamando sueldos. 'Sobre que se nos paguen los sueldos que como oficiales de la exp. Botanica... Dicen haber pasado listas al sr Fisca. Piden se acceda a su solicitud,piden justicia.'
Viene una anotación con fecha Febrero 6 de 1818: Vuelva al Ministerio Fiscal con el Expediente que obra la resolución definitiva del Excm Señor Virrey a consecuencia de la solicitud de los interesados,siguen dos rubricas. Se refieren a la solicitud de los pintores.El Fiscal da su opinión al Virrey,la contraparte.
Luego: Excmo Sr. el Fiscal Interino dice que la determinación del Excmo Sr Virrey del año tal etc. Por ella se previene que  en adelante no se les contribuya sueldo alguno,lo que es conforme con todas las superiores resoluciones que se han agregado y sirvieron de base al establecimiento de la Botánica. Se indica que por estos que el sueldo no se les contribuiría sino mientras trabajen y hasta cuando se concluya la obra de la Flora de que estaba encargado el difunto Director Jse Celestin Mutis, Sea del modo que fuere este trabajo ha concluído y los pintores ningún decimo tienen en la Expedición que del todo se acabó. El Dr Mutis no se obligó a la perpetuidad de sus empleos ni estos pueden llamarse tales cuando sujetos a jornales como los que antes se pagaban y ... no se les contribuya sino trabajando nueve horas por día.Bajo esta condición se les admitió,bajo ella vinieron de Quito y bajo ella sirvieron a las órdenes de su dirección y del Mayordomo. El no se comprometió a que concluida su  obra les seguiría pagando ni a esperar de la Real Hacienda restitución al lugar de su domicilio. Por lo mismo ninguna obligación hay que darles sus asignaciones anteriores y ellos ningún derecho pueden alegar a la conservación de estos. Mutis se reservaba la facultad de expedirlos cuando quisiera y siempre que diesen motivo a ello por sus faltas en el servicio por su mala moralidad y así lo ejecutó con muchos que no tuvieron por qué reclamar impidiendoselo la contrata que ellos mismos habían  ... ado. A los Pintores ningún título se les expedía y la nominación privada del Director era la que los hacía dependientes de la expedición y lo que les daba derecho a los  Jornales que ellos adquirían con el trabajo diario,material y ... que se les tenía asignado por su jefe. Muert éste y muerta la forma de la Expedición en nada se varió esta economía y antes bien se mandó observar por el Excmo Sr Virrey D. Antonio Amar. Se nombraron tres sujetss que dividieron las funciones de que antes esta encargado Mutis,y dándose a uno de ellos la inspección de los pintores se le previno también que no les pagase si no cumplian con su deber y trabajaban en las horas asignadas. Este nuevo reglamento no tuvo otro objeto que el de que se terminasen los trabajos cientificos del Dr Mutis a cuyo tiempo parece debía cesar la expedición que fue únicamente establecida con el fin de que este sabio descubriese por medio de sus indagaciones las riquezas naturales de este Reyno y despues las diese a luz a la Europa en la obra que él estaba trabajando. Todo terminóy hasta que no haya una nueva soberana resoluición que mande continuar la obra estableciendo un nuevo director que la presida n se puede emprender ni seguirse en el pago de sus dependientes cuyos sueldos y destinos pendian de la voluntad y arbitrio del que entonces lo era. Nada importa para esto que la cesación de trabajos en los reclamantes no haya sido voluntaria en ellos, sino que haya provenido de la ruina de la Expedición. Con esta vino también la de ellos pues cesaron su trabajo y cesó también la gratificación que por ellos y no por otro motivo se les daba. Cesó la causa principal y sus efectos igualmente dejaron de existir, En esta Orden y de que el Decreto citado de veintidos de Noviembre se halla ya ejecutoriado por el silencio de los  los pretendientes a quienes se notificó y ningún recurso interpusieron se ha de servir Vuestra Exce se lleve a ... y debido efecto previníendoles a los Pintores .. guarden silencio en un asunto que está marcado con el sello de la causa juzgada que así es de justicia. Santafé Febrero 10 de 1818.
Santafé Febrero 14 de 1818. Autos citados a las partes. En el mismo dice: Yo el Escribano  ..re con el Auto precedente al Ministerio Fiscal y enterado, rubricas.(EL escribano era don Pedro Zalamea de la Serna)
Firmas de los Pintores al notificarseles.

(don Pedro Zalamea de la Serna fue en 1827 Administrador interino de Tabacos de Ibagué como consta en el documento Co.AGN:SAA-II.7.5.34.1.1.
En 1841 figuraba como Contador en la Renta de tabacos de Ibagué.
En 1846 aparece como Administrador de recaudación del Cantón de Ibagué según el documento en Comisaría de guerra: SR.23,4,D,II. Es la lista de pagos realizados por la Tesorería de Guerra de Bogotá a los Generales Jefes y oficiales por concepto de sus pensiones en el mes de abril de 1846.
Había nacido en 1782 y su esposa era natural de Ibagué.Don Pedro muere en esa ciudad en l853.)

Nota: existen otros documentos con la firma de don Pedro Zalamea de la Serna para los años de 1818 y 1819. Estos se encuentran en el Repositorio del Centro de Investigaciones Historicas Jose María Arboleda Llorente (antiguo Archivo Central del Cauca). Aparecen indexados en el Catálogo Colectivo de Archivos Colombianos. En el CO CIHJML ACC-Independencia C_I-cg-00844, 9 folios,Zalamea acusa recibo de unos pliegos. Está en las fechas infra. En el mismo Archivo Arboleda Llorente en la signatura C-I-13 cg-00645 hay una Provisión real y su oficio remisorio. En la signatura C-I-cg-00795 Zalamea firma como Secretario de Cámara del tribunal y Real Audiencia de Cuentas pidiendo a los Oficiales reales remitan unas cuentas a su cargo. (son 6 folios9. En la signatura Co CIHJML ACC-Independencia-C_I-cg-00848 aparece copia de la representación del Oficial Real de Nóvita don José María Mallarino y providencia dictada por la Real Audiencia de Cuentas."Para que se persuadan de no consistir en mí el no dar cumplimiento a dichas providencias (sobre cuentas con el capitan don Blas de Cerdera)" junto con oficios de Mallarino y Zalamea a los Oficiales reales de Popayán". Con fecha de 1818-02-25 y 1818-05-04 Todos estos documentos aparecen en la página: cc.ac.neogranadina.org . Neogranadina es una Fundación histórica entre cuyos proyectos está el Catálogo colectivo de donde tomamos las signaturas anteriores.

 

28.2 Fray Rafael de la Serna y Lanos

 Fray Rafael de la Serna y Lanos.(1768-1838)
Este hermano de sangre de Maria Antonia Dominga Escolástica de la Serna y Lanos la esposa de don Francisco Zalamea y Herrera  es famoso por ser el primer rector y fundador del Colegio de Antioquia,hoy universidad de Antioquia.(Los datos que siguen son tomados del libro "Universidad de Antioquia.Historia y presencia.Primera edición.Septiembre 1998.edit Universidad de Antioquia.Investigación a cargo de Maria Teresa Uribe de Hincapie.)
En el prólogo del citado indica Jaime Restrepo Cuartas que la Universidad estuvo vinculada a la Expedición Botánica,dato interesante por ser este proyecto fundamental en la historiografía colombiana.
Dice el libro que "El Colegio de franciscanos de Medellín al decir de don Jose Manuel Groot fué la última fundación educativa colonial en la Nueva Granada y a su vez una de las primeras que se articularon de manera organica con el movimiento político-militar que fundó a la nueva república." Fué más bien un rompimiento seco de los principios del Colegio con lo que lo convirtieron los republicanos.
Sigue diciendo que en este contexto se explican  las discrepancias vividas por la orden franciscana entre Fray Rafael de la Serna el fundador y el provincial de la comunidad en la Nueva Granada que tenía en mente otra dirección para el Colegio Universidad." Realmente no fue la parte ideológica lo que separó al Colegio de la capital sino el monopolio que ésta tenía sobre los grados y la educación superior..
En un principio el proyecto del Colegio debió enfrentarse al de la construcción de una sede obispal,ambos proyectos largamente acariciados por la élite provincial.Parece que incluso los intelectuales santafereños no veían con buenos ojos la fundación del Colegio franciscano de Medellín como tampoco aceptaban el plan de estudios de fray Rafael de la Serna que consideraban anticuado y contrario a los nuevos aires de la Ilustración española.Pero sobre todo preferían concentrar los estudios universitarios en Santafé dejando para las provincias  las primeras letras.
En realidad lo que hacen es inscribir al Colegio en los nuevos aires y metas de la naciente república.Con el advenimiento de la élite criolla al poder pasa a ella la dirección del colegio. Se oponen los propositos nacionales y los regionales, las divergencias ideológicas y conceptuales sobre los planes de estudio. Pero al final en 1818 Restrepo pasa por sobre la excusa de los planes de estudio y llama de nuevo a Fray rafael de la Serna a la dirección.
Hay una división de la élite en dos partidos irreconciliables que dirimen sus dferencias de manera violenta.Todo esto afectó el buen funcionamiento del Colegio.
La iniciativa del Colegio se remonta a 1803 con el comienzo de la enseñanza de gramatica,filosofia, y teología.Muchos fueron los que impulsaron la creación del Colegio Franciscano de Medellín.
Por real Cédula expedida en Aranjuez el 9 de febrero de 1801 el rey Carlos IV de españa autorizó la fundación de un Colegio y convento de franciscanos de Medellín.
Para dar cumplimiento a la determinación real el Superior de la orden franciscana comisionó inicialmente al padre José Ovalle. Sin embargo a petición expresa del cabildo de Medellín el 23 de mayo de 1801 el provincial convino en que fuera fray Rafael de la Serna el encargado de la nueva fundación. Para lo cual fué nombrado en propiedad como Superior del Colegio de la Nueva Fundación de san Francisco el 16 de febrero de 1803. Procedente del Convento franciscano de Santafé el eclesiástico llegó a la Villa el 21 de mayo 1803 acompañado por sacerdotes y legos y poco después llegó el padre Garay que se convertiría al republicanismo y sería su principal opositor.
Se abren así cátedras el 20 de junio de 1803 y de la Serna escoge el terreno para los claustros del Colegio y del Convento.
el 19 de enero de 1804 por Real cédula expedida en Aranjuez el rey ratifica a fray Rafael de la serna como fundador del Colegio y le concede la autorización necesaria para formular el plan de estudios de la institución.
Su nombramiento no cayó bien entre algunos entre ellos Garay y el superior de la orden en santafé..
De la serna tomó como modelo la organización del Colegio mayor de san Buenaventura y los patrones de los colegios franciscanos de Mompox y Popayan y en 1806 elaboró un plan de estudios que recogía los pasos mas representativos del metodo escolástico así elementos pedagogicos del renacimiento y de la ilustración. Buscaba hacer una verdadera universidad pues no creaba cátedras sino facultades.Además cuando el proyecto de estudios requirió de la aprobación real el religioso solicitó el beneficio  " de que los estudiantes puedan tener los grados correspondientes a cada facultad "prerrogativa unica de la universidad de Santo Tomas unica con licencia para otorgar sus propios títulos y los de los demás colegios mayores existentes en el Virreinato.
Según dicho plan se seguiría como orientación principal la filosofía o escuela interpretativa dirigida por Juan Duns Escoto. Esta escuela seguía los Cuatro libros de las Sentencias de Pedro Lombardo y el Sentenciario de Escoto. (Los Franciscanos privilegiaban amor y voluntad sobre inteligencia en el conocimiento mientras los tomistas dan primacia al  entendimiento y al conocimiento meramente racional sobre la voluntad.)
Por mandato de las autoridades virreinales el proyecto academico fué sometido a un comite con miembros de las entidades educativas de la capital.(Univ de Sta Tomas,Colegio de san bartolome,Colegio de san Buenaventura y Colegio del Rosario entre ellos) Santafé tenía el monopolio de la educación superior,) El plan de estudios de fray rafael de la Serna fué rechazado. Fué esto además de por causas de enfrentamiento con la capital por las malquerencias de fray rRafael con algunos miembros de su comundad bastante influyentes en santafé.
Con la independencia de 1810 las órdenes religiosas se oponen al nuevo régimen y la comunidad franciscana suspende las actividades academicas y los trabajos materiales de construcción de su colegio en Medellín.
En 1812 de la serna sigue oponiendose al gobierno civil de Antioquia quien nombra como rectores primero a Miguel Uribe restrepo, luego a Liborio mejia, y luego a jose Felix de Restrepo..
Aquí la escolástica debe dar paso al conocimiento ilustrado con su fisica y su matematicas.
En sept 1812 Fray Rafael recibe orden terminante de Juan del Corral para abandonar la provincia.
Sale para Guaduas y mantiene contactos e influencia. En ese lapso entre l812 y 1818 el Colegio anda a marchas forzadas. En 1818 fray Rafael se niega a retomar la dirección del instituto. No aceptó por no contar el Colegio con suficientes rentas pára el debido sostenimiento de las catedras y para la subsistencia de los religiosos encargados de impartirlas. En ese momento la Independencia entrega la responsabilidad de educar a la generación que consumaría la obra de la independencia a los opositores de esta. Ya antes de 1812 acusan a fray Rafael de reunirse con realistas y de quemar La Bagatela. Lo expulsan en 1812 y le entregan 300 patacones para el viaje. Juan del Corral  condena a muerte en 1813 a los compañeros de Fray rafael de la serna pero conmuta la pena.
De la Serna propendía por las lecciones en latín,teología y cánones tan importantes para la formación de vasallos leales a la Corona.
Cuando le proponen reasumir la dirección Fray Rafael dice que no hay apoyo pecuniario suficiente. Fray Rafael es autor de un opusculo sobre Nuestra señora del Campo de la recoleta de San Diego y de un escrito sobre la renovacion del Cristo de Ubaté.

 

28.3.Una beca concedida

Siguiendo las indicaciones de las escrituras fundacionales se concedió una beca a Rafael Ramirez Zalamea nieto de Santiago Zalamea y Maria Paz Quevedo e hijo de Felipa Ramona Zalamea.

Felipa Zalamea Quevedo fue casada con Javier Ramírez Díaz y fueron padres de Francisco de Paula,de Josefa,de Rafaela,de Constanza,de Manuel Emigdio y de Jose Rafael(1848). Este último fue colegial del Rosario y existe un  documentos cruzado entre el rector y su madre en qué el rector autoriza la salida de Rafael del colegio pero le obliga a pagar lo que debe aunque salga en cualquier momento. Además le retira la beca.Felipa y Francisco de Paula proponen salidas para no tener que pagar pero el rector conmina a Francisco de Paula,el hermano, y le dice que debe consignar la diferencia entre la pensión de colegial y el redito de la fundación: $79 60ctvos completo de los $130 de la pensión.Hay una carta del 29 de octubre. dos días después de aquella en qué se les conmina a pagar en la que se rechaza la solicitud y se insiste en qué los individuos del colegio deben pagar la diferencia entre la pensión y los reditos del capital de la fundación. Existe además en el Archivo histórico de la Universidad del Rosario la peticion de beca en 1855 para su hijo Manuel por doña Felipa que se resuelve positivamente a favor de ellos.Basa su petición en su cercanía familiar al fundador de la beca don Juan Antonio Ibañez de la Serna quien estaba entroncado con los Zalamea por los de la Serna.(En el testamento de don Francisco de la Serna se menciona dos veces a Juan Antonio Ibañez en referencia a una fundación y a unos bienes de un Callejas relacionados con Ibañez. La hija de Francisco de la Serna,Escolastica Dominga Antonia,estaba casada con Francisco Zalamea y por eso el entronque de los Zalamea con los Serna..)El capital de la fundación en 1865 era de $1400 impuesto sobre la Hacienda de Tilata y manejado por el patrono.En total era de $2800 pero para las dos becas,la del Rosario y la de San Bartolomé.(Hay un documento de 1871 donde aún se solicita estás becas.)Según la fundación la decisión de la beca estaba en una junta compuesta por el patrono,por el cura de las Nieves y los provinciales de San Francisco y de Santo Domingo. En 1855 los miembros de la junta decisoria(Ramón Ortiz patrono,dos frailes de las órdenes y Justiniano Gutiérrez que debía ser el cura de las Nieves)aprueban sin más la beca para Manuel Emigdio y funcionaba la junta pues no habían sido expulsadas las comunidades religiosas.Pero se transpapela el expediente (el poder de Ibañez a sus albaceas; no así las escrituras que tratan de la fundación de las becas).Doña Felipa al rogar la beca para su otro hijo en 1866 solicita que sólo el patrono y el cura decidan pues las otras dos comunidades han sido expulsadas por Mosquera.Alega que la Junta se componga sólo de ellos y se le acepta.El rector recuerda en sus oficios en este caso que la Constitución 6a Título tercero de los institutos del colegio dice que '... cualquier persona poderosa puede fundar la colegiatura o colegiaturas que quisieren,dejando $100 de renta firmes para cada uno de los colegiales.'

Lo que llama la atención es que en la partida de bautismo de Jose Rafael se menciona como padrinos a Pedro Zalamea y a Manuela Cantillo. Este Pedro no puede ser el hijo de don Francisco sino el hermano de Rafael y cuñado de Manuela Cantillo. 

Por la época en qué vivieron fueron contemporáneos del presbítero Eusebio Zalamea fundador de Gutiérrez al huir de la persecusión del clero por Mosquera.Doña Felipa para esos años era viuda, sin recursos,y con una extensa familia.

{Todos los datos sobre los Ramírez Zalamea y su madre Felipa fueron tomados de las Informaciones presentadas en 1866 para optar a la beca de colegial en letras por Rafael.Estan en el Archivo histórico de la Universidad del Rosario: nombre del matriculado 'Rafael Ramírez Zalamea', número de registro 08116. Se discriminan así: 

- Num.de registro: 03175.Signatura: Co/AHUR/caja 43/folios 22-40,63-64. Informaciones/1865. Expediente.

- Num.de registro: 03226. Signatura: Co/AHUR/caja 43/folios 177-178. Donación de un retrato por parte del vicerector y los colegiales. Autografiado con la firma de los estudiantes.

- Num.de registro 03386. Signatura:Co/AHURosario/Caja 43/folios 332-333. Carta de 24 octubre 1866 se solicita a Felipa Zalamea pago de la pensión por haber salido el colegial fuera del claustro.

-Num.de registro: 0346. Signatura: AHUR/caja 44/folio 108. Carta de Francisco de Paula Ramírez hermano de Rafael en que presenta una propuesta a la Conciliatura del Colegio para resolver el pago de la pensión de su hermano,propuesta que es rechazada pues dicen ser obligatorio el pago cuando hay diferencia entre la pensión y los reditos del capital de la fundación.

- Los demás documentos deben estar en la caja 114, folios 133-136.}

 

Existe un documento en el mismo archivo en la Caja 91 Folios 49-470 y471-472 de junio 28 de 1871 donde mencionan a don Juan Antonio Ibañez con su segundo apellido, de la Serna, y dónde el patrono y el cura de las Nieves piden la beca para el joven Angel Gaitán en el Colegio del Rosario mientras se presenta un pariente y mencionan a los jóvenes Ali Cardozo y Melitón Ortiz quienes ya gozaban de dicha beca. Seguía existiendo la beca por entonces. El rector recuerda las calidades de los aspirantes a esa beca.

 

28.4 Juan de Dios de Haro y de la Serna

Las relaciones de sangre y las relaciones con la política son un capítulo importante en la vida de doña Maria Ignacia.Queda como madrastra de sus propios primos hermanos al fallecer su esposo en 1811.Sus primos hermanos e hijastros tienen 10 y 13 años en el momento en que muere don Luis de Haro en 1811 por lo que debe Maria Ignacia encargarse de ellos,de Maria Nieves y de Juan de Dios.Este joven que figura como Juan de Dios de Haro se casa y tiene cinco hijos entre los que sobresale Gregoria de Haro y Trespalacios de quien hablaremos adelante.(Don Juan de Dios nace el 2 de diciembre de 1798 y muere el 31 de marzo de 1863.Dice respecto a su deceso el Boletin de historia y antigüedades en el número 193, de julio de 1828 en el artículo intitulado ‘Fastos de Bogotá’ de B.Torrente: ‘Marzo (1863). “Día 31.Lluvioso.Muere el señor Juan de Dios Haro,el cual estaba ciego hacía como treinta años.Fué maestro de escuela algunos años’.Debía tener algo así como 35 años cuando perdió la vista.)
Antes de quedar ciego don Juan de Dios fue Capitán graduado(Boletín de historia y antigüedades # 193 y 204) y participó en la batalla de Genoy y la campaña de Quito.(Boletín cultural y bibliográfico, Vol 14 N° 3) En razón a estos meritos la recopilación de leyes de la Nueva Granada,pág 409 menciona que se le dió una pensión en razón a sus servicios militares y civiles, de 200 pesos anuales. Por lo mismo hay un documento con fecha 21 de mayo de 1838 donde aparece Jose Ignacio de Márquez como presidente de la República en que el Senado y la Cámara de representantes autorizan una pensión por sus servicios militares y en la educación de la juventud, dado en 23 de mayo de 1838 y entre otros figura la firma de Francisco de Paula Santander presidente de la Cámara de representantes.
Hay otra referencia a don Juan de Dios Haro. En la Gaceta de Colombia Núms 254/358 pág IV se dice que en 23 de marzo de 1825 fueron pagados a Rosa Ortiz y en su nombre al señor Juan de Dios Haro por intereses de la deuda doméstica 2193.3 pesos.Este dinero fue tomado de un empréstito al extranjero y la nota que menciona a don Juan de Dios dice que el documento completo muestra lo que han consumido los departamentos distintos al del Zulia para que al fin resulte la total inversión y acaben de palpar los pueblos los gastos que se han atendido con aquellos caudales(el empréstito extranjero cuya inversión en el Zulia figura en otro documento)
También en el libro ‘Actos oficiales del gobierno provisorio de los Estados Unidos de Colombia recopilados conforme a lo dispuesto por el decreto de 1862’ en la pág.525 aparece la ‘Relación de los individuos que han presentado sus documentos de pensiones (…) y que han sido calificados por ella con derecho a recibir dichas pensiones del Tesoro de la Union Colombiana’. La relación acompaña un decreto de 21 de septiembre de 1861 firmado por T.Cipriano de Mosquera.En ella aparece como beneficiario don Juan de Dios Haro con una pensión de 160 pesos. 

          Nicolás del Castillo Mathieu en su escrito "Los antecesores de doña Gregoria de Haro"publicado en el Boletin cultural y bibliográfico del Banco de la república del 15 de septiembre de 1973,Vol 14 Número 03, añade datos valiosos a lo expuesto. Del Castillo tuvo acceso al expediente de limpieza de don Luis de Haro y parece que tenían derecho a un título de Conde. Dice que la tía de don Juan de Dios,Petronila de la Serna y Lanos les regaló una casa a él y a su hermana Nieves sita en la carrera 3 entre 10 y 11. Del Castillo sigue la campaña del sur: Pitayó,Cauca, Genoy a tres leguas de Pasto, luego la Campaña de Quito, y Lima donde recibe el golpe en la región occipital que luego lo dejaría ciego. En 1822,dos años despúes de salir de Santafé como subteniente con el Ejército patriota, es nombrado capitán por el Libertador tras recomendación del Coronel Vicente González. Regresa a Santafé en 1823 tras tres años y medio de campaña y en 1824,agravado,pide licencia total y se hace educador. Contrae nupcias en Ubate y luego sigue a Vélez, Mariquita, y Neiva. Aquí la ceguera es irreversible(1835) tiene 37 años. Vuelve a Bogotá y comienza a un tiempo de grave pobreza. Espera una pensión que por fin llega el 21 de mayo de 1838. Se dedica a la poesía y a sus cinco hijos y muere el 31 de marzo de 1863.(Del Castillo Mathieu agradece al investigador Américo Carnicelli por quien pudo acceder al expediente de limpieza de sangre de los Haros en poder de una descendiente.)  

28.5 Mas sobre don Lubin Zalamea

En la primera mitad del siglo XIX hay en los protocolos notariales la presencia repetida de la firma de don Lubin. Además de haber sido maestro desempeñó otros cargos. En el libro ‘Decretos del Libertador’ (1828-1830) tomo III, Caracas Imprenta Nacional 1961-Publicaciones de la Sociedad Bolivariana de Venezuela hay un nombramiento por parte del Libertador.Dice el texto:
Nombramientos. SIMON BOLIVAR,Libertador Presidente de la República, &,&.
‘Habiendo vacado en 18 del corriente el destino de Oficial mayor de la Administración General de Tabacos de Bogotá por promoción del que la obtenía, e informado de los servicios y aptitud de Lubin Zalamea que sirve actualmente el de escribiente en la tesorería principal de Cundinamarca,he venido en nombrarlo para el mencionado destino, y para el que éste deja en la tesorería, nombro a Bernardo de Francisco, con la dotación de 480 pesos, que disfruta en su calidad de agregado al Tribunal mayor y Audiencia de Cuentas.
Comuníquese a quienes corresponda.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1830. SIMON BOLIVAR
Nicolás Tanco. (Archivo nacional de Colombia, ‘Decretos y nombramientos’,años de 1830-1832, folio 2v.).
Hay dos documentos de 1825 firmados por don Lubin que dicen:
Sr Secretario de Hacienda. tengo el honor deponer en manos de vuestra excelencia la adjunta representación para que por las razones que en ella manifiesto se digne su notoria bondad tenerme presente en la propuesta que haya de hacer al Exc Sr Vicepresidente de la plaza vacante en la Secretaria del Supremo Gobierno. Yo  no dudo que ésta mi solicitud será atendida mayormente cuando uan de las satisfacciones y placeres que tiene V.S. en el favoredcer a los que se acogen a su protección y valimento. Dios guarde a V.S.
Bogotá Julio 26 de 1825. J.Lubin Zalamea
El otro  dice:
Sello de la República de Colombia de 1825. Excmo sr
José Lubin Zalamea y Serna vecino de esta ciudad ante V.Sa con el debido respeto digo: que ha llegado a mi noticia se halla vacante una de las plazas de la Secretaría de Hacienda de ese superior gobierno y deseando de algún modo ser útil a mi patria y continuar mi carrera la que he empezado en calidad de meritorio en la Admon General de Tabacos desempeñando los negocios que se me han recomendado a plena satisfaciión del Jefe de ellos. como  puede si fuere neceario acreditar.. Estos cortos servicios como el verme en el día sin un recurso para sostener a mi familia me impelen a llevar a la alta consideración de VSa esta solicitud para que la notoria bondad y recta justificación de VS se digne tenerme presente al tiempo de la provisión de la plaza que se halla vacante o en
cualesquiera otra que sea del superior agrado de VE. En cuya virtud ante VE suplico se sirva acceder a ésta mi petición en que recibirá gracia y merced. J Lubin Zalamea (Es interesante que el hermano de don Lubin Pedro mayor que él también trabajara después en 1841 y 1846 en la Admon de Tabacos de Ibagué. Esta última carta va dirigida a Santander a quien Francisco Zalamea entregó el famoso tesoro.)


Por otra parte en la Gaceta de Colombia año de 1828 aparece la firma de don Lubin al lado de otras numerosas e influyentes firmas de la época.El texto que rubrican dice así:
“En la ciudad de Bogotá (…) reunidos pacíficamente en la plaza mayor i casa de la Aduana bajo la presidencia del sr.intendente del departamento y demás autoridades locales los padres de familia que suscribimos esta acta (…) propuso el señor intendente se nombráse uno o más ciudadanos que a su nombre votasen (…) por una aclamación general nombraron al ciudadano Manuel B. Alvarez,y fijadas como por preliminares las nociones que así por la ilegalidad del nombramiento de los diputados a la Convención (de Ocaña) como por no obras éstos (diputados) según los intereses de esta provincia(Cundinamarca) se releven de aquel cuerpo, cuya autoridad se desconoce y aprobadas por repetidas aclamaciones se fijó la segunda: que se autorice al Libertador Presidente para que con el lleno y plenitud de autoridad correspondiente obre el bien y aleje el mal, (…) Considerando:1° grandes peligros amenazan nuestra seguridad externa.Perú ha violado nuestro territorio.En Cuba hay presencia española para invadir a Colombia. 2° (…) se necesita de un gobierno fuerte y enérgico (…) 3° En Ocaña ha habido graves problemas (…) 4° Las elecciones de diputados por Bogotá se hicieron con vicios de nulidad. 5° Que el proyecto de Constitución que lejos de ser la expresión de la voluntad general se ha firmado por el partido enemigo del Libertador.En tal proyecto se mencionan numerosas entidades y abundancia de empleos. 6° (…) 7° (…) 8° Para impedir estos males (…) el único que puede hacerlo y evitar la Guerra Civil el Libertador Presidente por la confianza que en el tienen los pueblos ha protestado muchas veces que se separa del mando y que dejará a Colombia si no se le dan facultades bastantes para hacer el bien. 9° Que conocidos los informes de la Convención(de Ocaña) el Libertador viene a la capital a resignar,
Acordamos las resoluciones siguientes:
1ª.No obedeceremos los actos y reformas de la Convención.
2ª.Revocamos los poderes de nuestros diputados.
3ª. Que el Libertador Presidente se encargue exclusivamente del mando supremo de la República con plenitud de facultades que por nuestra parte le concedemos en todos los ramos que organizará como juzgue conveniente para curar los males de la República,conservar su unión,asegurar la independencia y restablecer el crédito exterior, y cuya autoridad ejercerá hasta que estime oportuno convocar la nación en su representación.
4a Entretanto las autoridades deben continuar ejerciendo sus funciones.
5ª Que esta acta se imprima y circule por el sr intendente tanto al departamento de Cundinamarca como a los demás de la República (…)
En fe de lo cual firmamos en la capital de Bogotá a 13 de Junio de 1828:el intendente Pedro A.Herrán,el arzobispo,el alcalde 1°,el alcalde 2°,el rector de la Universidad,Domingo Caicedo,José Sans de Santamaría y siguen muchísimas firmas prestantes que ocupan las tres columnas de la Gaceta.Entre ellas está la firma de don Lubin Zalamea que apárece Lubin Salamea,
El texto del acta aparece en la Gaceta de Colombia,Número 351.Bogotá junio 15 de 1828 y las firmas que no entraron en esa edición aparecen en la edición Número 353 de junio 22 de 1828.
Hay un texto similar en contenido al anterior pero con fecha anterior (13 de marzo de 1828) que aparece en la obra ‘Documentos relativos a la vida pública del Libertador’Volumen 12.Caracas.Imprenta de Devisme, Calle de la Fraternidad,núm 57.1828-18, pags 303 y 304.Dice dicho texto:
“Excmo. Señor: Los ciudadanos que suscribimos deseando alejar de nosotros la tempestad de males que nos trae el abuso de la libertad de imprenta,a V.E. respetuosamente manifestamos: que siendo insuficientes las precauciones establecidas por la ley 17 de septiembre del año 11, para que este precioso derecho no se convierta en perjuicio de la sociedad, pues vemos con inmenso dolor que ahora es la arma preferente de la discordia para despedazarnos y anonadar enteramente conociendo que las deliberaciones del soberano cuerpo convencional jamás tendrá, efecto en medio de la violenta agitación de las pasiones,a V.E. suplicamos que usando de las facultades extraordinarias de que se halla investido,reprima la inmoderación en el uso de la libertad de imprenta, cuya medida digna del padre de la patria no dudamos que será un medio eficaz de concordia entre todos los colombianos y respetada cordialmente por los verdaderos patriotas.”
Siguen numerosas firmas entre las que destacamos la del Excmo Sr Fernando Caicedo arzobispo electo de Bogotá, el provisor Juan Agustin de la Rocha,Andres M. Rosillo deán de Bogotá,la del provincial de predicadores,la del provincial de agustinos calzados,la del guardian de franciscanos,la de Jose Miguel Pey,la de José Sans de Santamaría,la de Fernando Rodríguez de la Serna,la de José Lubin Zalamea,la de Tomás Barriga y Brito,la del Dr Francisco Margallo, la de Juan Simó y la de Domingo Serna. (Siguen 315 firmas)
El texto anterior viene antecedido de una comunicación de la que hace parte junto con otra petición similar a la suya.Tienen pues los tres textos fecha del 13 de Marzo de 1828.La comunicación que los introduce dice: ‘Comunicación del Intendente de Cundinamarca al secretario del Interior acompañando una representación de los prelados y padres de familia de Bogotá sobre el abuso de la Imprenta. República de Colombia.Intendencia del departamento de Cundinamarca.!3 de marzo de 1828-Intendente.Pedro Alcántara Herrán.’
Respecto a don Lubin dice Cordovez Moure en sus Reminiscencias:
“Don Lubin Zalamea,benévolo anciano si los hubo (tenía 51 años,nota nuestra),regentaba otra escuelita en la casa situada al frente del Camarín del Carmen,con el mismo sistema,aparatos y condiciones de lo que había tenido el difunto maestro Cuenca.Allí fuimos a continuar el aprendizaje de nuestras primeras letras.
“Después que terminábamos la monótona lectura de los cuadros de citolegia,recitados a una voz por todos los escolares,el señor Zalamea llamaba con un campanillazo la atención delos discípulos,imponía silencio y explicaba el sentido de las palabras o frases que se acababan de leer,sin tener en cuenta las reglas de lógica según las cuales lo definido no debe entrar en la definición.Vaya una muestra:
“-Luz, la luz-,Sol, el sol-Buey, el buey-Agua, el agua-Fuego, el fuego,etc.,etc.
Don Lubín era contrario a los castigos corporales,no obstante que el ramal y la férula ocupaban lugar prominente en la testera del local; pero en cambio rociaba con agua por medio de un hisopo la cara de los discípulos informales, o hacía soportar ladrillos en las manos con los brazos extendidos en cruz; en el caso frecuente de dos malas lecciones,arrodillaba a los niñós díscolos.” El texto anterior aparece en la página 1354 de las Reminiscencias de Santafé y Bogotá de José María Cordovez Moure,Editorial Aguilar, Madrid-1957. Corresponde a los años de 1838-1844 de la obra.Cordovez nació en 1835 por lo que su asistencia a los ocho años a la escuela de don Lubin ocurrió entre 1843-1844.
En la misma obra,misma edición, aparece otra mención a don Lubín Zalamea en la página 444:”(…); en cuanto al chico corría apresurado a fin de llegar a tiempo a la escuela que regentaba don Lubin Zalamea en la vetusta casa situada al frente del camarín del Carmen.” Forma parte el texto anterior de la Serie II.LUISA ARMERO.La revista del colegio del Rosario,Archivo histórico, en el artículo "Enfrente de unas vitrinas" menciona que Rufino José Cuervo fue alumno de la Escuela de Lubin Zalamea. Y la Revista Thesaurus Tomo XL Núm 1 (1985) en un escrito de Monseñor Germán Romero dice que en el catecismo del padre Gaspar Astete aprendió la doctrina Rufino José Cuervo con Lubin Zalamea como maestro (tomado del Centro virtual Cervantes.)


           Hay una mención sobre don Lubín de 1861-1862.Está en el libro Actos Oficiales del Gobierno provisorio de los Estados Unidos de Colombia recopilados conforme a lo dispuesto por el decreto de 7 de abril de 1862.imprenta de Echeverría Hermanos, Bogotá- 1862.Es una relación que dice:
RELACION. De los individuos que han presentado sus documentos de pensiones a la Junta Suprema Directiva del crédito Nacional, i que han sido calificados por ella con derecho a recibir dichas pensiones del Tesoro de la Unión Colombiana.
Aparece en la lista don Lubín Zalamea con una pensión anual de 90 pesos 30 centavos.Viene antecedida dicha lista por un decreto del presidente don Tomás Cipriano de Mosquera,con fecha de 21 de septiembre de 1861, que dicta normas sobre las pensiones.Entre los 166 nombres de la relación se destacan los de José María Espinosa y Anselmo Pineda.
Don Lubin había nacido en 1793 y en 1861 aún figuraba. (Hay una mención a don Lubin en la "Memoria del Secretario del Tesoro y Crédito Nacional al Congreso de 1866" Imp de Echeverría Hnos Bogotá 1866 en que aparece don Lubin como pensionado con un bono #5 y un monto de $7-55 mensuales.)Es la mención más cercana a la fecha de su muerte.




Derechos de autor.

El capítulo de Casablanca-Zalamea en la parte que se refiere a las cartas de Miguel Antonio Caro desde esa hacienda fué tomado principalmente de las obras de don Carlos Valderrama Andrade como se cita en la obra.Por lo tanto esa parte tiene derechos de autor tanto de don Carlos Valderrama o a quien el o sus sucesores los haya entregado o entregue como del Instituto Caro y Cuervo y/o otros editores.Lo mismo sucede con los otros autores citados allí.Principalmente se citan las siguientes obras de Valderrama Andrade:
-Un capítulo de las relaciones entre el Estado y la Iglesia,Caro y Cuervo, 1986.
-Epistolario del beato Ezequiel Moreno y otros Agustinos notables con Miguel Antonio Caro y su familia,Caro Y Cuervo, 1983.
-Miguel Antonio Caro,Discursos y otras intervenciones en el Senado de la República,1903-1904.Caro y Cuervo,1979.
Hay otras obras citadas por don Carlos Valderrama como se indica en la bibliografía que también deben tener derechos de autor.
Las notas de don Carlos se transcriben en un orden cronológico,como las cartas,distinto al original para dar claridad sobre la permanencia en Sopó y se combinan con otros autores.
La parte que se refiere propiamente a los Zalamea y su hacienda es mía.

Aunque en la bibliografía del capítulo sobre Casablanca-Zalamea se citan las obras y autores mencionados en aquel debemos agregar para mayor claridad en cuanto a los derechos de autor los siguientes:
-Luis Martinez Delgado,Historia extensa de Colombia, Vol X.
-Mario Aguilera Peña ‘Cien años del gobierno de los cinco días’.Revista Credencial,Historia,Bogotá Oct. 1996

También debemos hacer claridad sobre las siguientes partes de la obra:
-Contemporáneos de don Francisco Zalamea en Santafé de Bogotá:tomado de la obra ‘Nobleza e hidalguía en el Nuevo Reino de Granada:Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario 1651-1820’de doña Maria Clara Guillén de Iriarte. Expediente 1012.
-Contemporáneos de don Francisco Zalamea en España:tomado del mismo libro anterior pero en el expediente 120.
-Ascendientes de don Francisco Zalamea:tomado del mismo expediente anterior.
-Notas sobre la Real Casa de Moneda de Santafé:tomadas del libro ‘Historia de la Real Casa de Moneda’ del autor Antonio Barriga Villalba,1969.
-Acta de independencia de 1813: el texto del acta y su promulgación fueron tomados del Boletin de Historia y Antigüedades de la Academia Colombiana de Historia Año 1 #4 Dic 1902

1 comentario:

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